Óscar Chile Monroy, presidente del Colegio de Contadores y Auditores Públicos, comentó que, sin embargo, la CC no declaró inconstitucional el noveno párrafo del artículo 42, del decreto 4-2012, que establece una multa del 10 por ciento, la cual no debe ser menor de Q10 mil en los casos que se decrete el cierre de negocio, y que a solicitud del infractor se aplique dicha multa.
Economía
CC deja sin efecto norma
La Corte de Constitucionalidad (CC) dejó sin efecto, a partir de hoy, la facultad de la Superintendencia de Administración Tributaria de suspender el número de identificación tributario (NIT) de aquellos contribuyentes que en 12 meses no presenten declaraciones sin valor.
Corte retira disposición de ordenamiento jurídico tributario.
Lo anterior se consigna en la sentencia del expediente 292-2013 publicado ayer en el Diario de Centro América.