Guatemala recibe condena por haber ejecutado extrajudicialmente al secuestrador de un niño
Corte IDH señala que hubo violaciones procesales y contra los derechos humanos de Humberto Ruiz Fuentes.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó a Guatemala por haber condenado a pena de muerte, por torturas y violaciones procesales contra Hugo Humberto Ruiz Fuentes, secuestró a un niño en agosto de 1997.
Guatemala deberá investigar y juzgar a los responsables de la muerte de Ruiz Fuentes, investigar y juzgar a responsables de delitos de tortura, así como capacitar a estudiantes a policías sobre la prohibición del empleo de la tortura.
En cuanto a resarcimiento, deberá dar US$60 mil a los deudos de Ruiz Fuentes: 25 por ciento a la cónyuge, 25 por ciento a la compañera permanente y 50 por ciento entre los hijos. Además, US$10 mil a una hermana que fue víctima colateral.
En un comunicado, el tribunal expuso que Ruiz Fuentes fue detenido el 6 de agosto de 1997 junto a otras cuatro personas, integrantes de la banda el General, por el plagio un día antes de un niño. Durante el arresto el sujeto recibió una paliza que ameritó hospitalización.
El 14 de mayo de 1999 fue condenado a la pena de muerte por secuestro. Los recursos legales ante una sala de Apelaciones y la Corte Suprema fueron rechazados, y no hay registro de que haya sido tramitado un recurso de gracia al Ministerio de Gobernación para reemplazar la pena capital por 50 años.
El 22 de octubre de 2005 Ruiz Fuentes se fugó de la cárcel el Infiernito junto a otros 19 internos. El 14 de noviembre de año fue encontrado muerto en Barberena, Santa Rosa. La Corte determinó que fue ejecutado por agentes estatales toda vez que hubo un disparo a corta distancia en el ojo derecho, hay testimonios de la presencia de agentes del Comando Antisecuestros aquel día cerca de la escena del crimen, hubo alteración de la escena del crimen, hubo contradicciones en versiones oficiales y, además, hay una investigación de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) respecto a ejecuciones extrajudiciales.
Sobre la parte procesal, la Corte señaló que el tribunal emitió condena por pena de muerte a pesar de que la legislación solo la establecía cuando la víctima había muerto, lo cual no fue el presente caso. Además, los jueces dieron 24 horas a un defensor recientemente designado para preparar su defensa y hubo “graves sufrimientos psíquicos” para Ruiz Fuentes por haber estado en el corredor de la muerte en un proceso con “numerosas falencias”.
Paralelo a esto, las violaciones del Estado contra el reo provocaron un “profundo” sufrimiento y angustia a una hermana de Ruiz Fuentes.