El Parlamento de Nicaragua aprobó este martes una ley contra los ciberdelitos con penas de hasta diez años de prisión.
La aprobación de esta ley permite perseguir crímenes cibernéticos como el hackeo, robo de identidad o espionaje informático, pero también a aquellas personas que “difundan información falsa”.
El órgano legislador, con mayoría del partido del gobierno de Daniel Ortega, el Frente Sandinista (FSLN), aprobó la ley con 70 votos a favor, 16 en contra y cuatro abstenciones.
El texto se titula Ley Especial de Ciberdelitos y según la Asamblea Nacional tiene como objetivo la protección de la ciudadanía y la sanción de los delitos cometidos a través de las tecnologías de la comunicación.
Dicha iniciativa ha sido duramente criticada por la oposición, la prensa independiente y organizaciones defensoras de derechos humanos.
Estos sectores argumentan que se trata en realidad de “una ley mordaza” que limita la libertad de expresión y amenaza el ejercicio del periodismo, algo que negaron los diputados del FSLN.
“Esta iniciativa tiene por objeto la prevención, investigación, persecución y sanción de los delitos cometidos a través de las TIC (tecnologías de la información y comunicación) en perjuicio de personas naturales o jurídicas, así como la protección integral de los sistemas que utilicen dichas tecnologías”, describió la Asamblea Nacional.
La Ley establece penas desde uno hasta 10 años de cárcel para aquellos imputados por alguno de los 30 delitos que tipifica.
La máxima condena se ejecutaría en caso de espionaje informático.
“Los delitos más comunes que se cometen en el campo de la tecnología son el hackeo de cuentas, de correos electrónicos, virus informáticos que dañan el sistema y base de datos, fraude electrónico de la ciudadanía que usa tarjeta de crédito, robo de identidad, suplantación en tarjetas de crédito y cuentas bancarias”, explicó Maritza Espinales, primera vicepresidenta de la Asamblea Nacional.
De todos los delitos tipificados por la ley, el que más genera polémica es el recogido por el artículo número 30.
Este condena a todo aquel que difunda noticias que sean consideradas falsas.
El artículo establece penas de entre dos a cinco años de cárcel a los que difundan “noticias falsas” que produzcan “temor, zozobra o alarma en la población”, perjudiquen el honor, prestigio y dignidad de otras personas y pongan en peligro el orden público o la “seguridad soberana”.
Las sanciones también incluyen multas económicas de hasta 800 días laborables.
El debate sobre la iniciativa evidenció divisiones de opinión entre el gobierno y la oposición.
“Se les acabó el negocio a los mentirosos, a los que son parte de la industria de las mentiras en la redes sociales, a los que crean y difundan falsas noticias”, dijo durante el debate Emilio López, diputado del FSLN.
Antes de votar en contra, el Partido Liberal Constitucionalista (PLC), contrario al gobierno de Ortega, manifestó su “oposición a la totalidad de cualquier iniciativa que vaya en detrimento de los derechos inalienables del pueblo”.
“Esta iniciativa tiene nombre y apellido: es para reprimir a quienes consideren que el gobierno está yendo por el camino equivocado”, argumentó Maximino Rodríguez, jefe de la bancada del PLC.
A la crítica también se sumó el Centro Nicaragüense de Derechos humanos, quien “rechaza y condena la Ley Especial de Ciberdelitos” porque viola tratados y convenios internacionales de derechos humanos. Además, también denunció que la ley “cercenaba la libertad de expresión y prensa en Nicaragua“.
Esta no es la primera vez que se desata la controversia entre gobierno y prensa.
El año pasado, El Nuevo Diario, periódico crítico con el Gobierno, suspendió su publicación tras más de 40 años por un embargo sobre la importación de tinta y papel impuesto por las autoridades.
Dicho cierre también fue condenado por periodistas, lectores y defensores de derechos humanos.
El debate sobre el pleno ejercicio de la libertad de expresión y prensa en América Latina es tema recurrente en la región.
En 2013, la Asamblea Nacional de Ecuador también aprobó una ley polémica durante el gobierno de Rafael Correa.
En ese caso, la ley pretendía sancionar a periodistas y medios de comunicación, regular algunos contenidos y redistribuir frecuencias de radio y televisión.
La oposición y la prensa acusaron a Correa de intentar controlar los medios, pero el Gobierno argumentó que se trataba de evitar un periodismo irresponsable y la monopolización de medios.
Sin embargo, el caso de Ecuador no es único.
La organización francesa Reporteros Sin Fronteras (RSF), defensora de los derechos de la prensa, clasifica mundialmente a los países según las restricciones al ejercicio periodístico.
Durante el terremoto social vivido a fines de 2019 en varios países de la región, RSF alertó de las agresiones y ataques a periodistas y la obstrucción de la labor informativa en países como Chile, Bolivia o Ecuador.
Por otro lado, señala las “detenciones arbitrarias” contra periodistas independientes por parte de los gobiernos de Nicaragua, Venezuela y Cuba, el último puesto latinoamericano en la clasificación mundial de RSF.