Ciudad Guatemala

PMT te puede multar por acciones que no imaginas. Estas son algunas de ellas:


Todos sabemos que nos vamos a meter en un gran clavo si un policía de tránsito nos sorprende manejando sin cinturón de seguridad, licencia de conducir, placas cubiertas o sin tarjeta de circulación.

  18 junio, 2018 - 16:20 PM
tonica
Por Astrid Morales / TONICA

Pero hay algunas infracciones que podrías cometer porque no son tan obvias. Aquí te dejo 15 acciones por las que un PMT podría multarte y que seguramente nunca hubieras imaginado.

Multa de Q100

1. Si no respetás la señal de NO girar.

2. Porque conducís utilizando auriculares conectados y aparatos receptores o reproductores de sonido, o utilizando teléfonos, radios comunicadores u otros dispositivos similares.

Multa de Q200

3. Si llevás las placas en lugares no autorizados.

4. Porque te estacionás a más de veinticinco centímetros del bordillo o banqueta correspondiente.

5. Si te parqueás en contra de la vía del carril más próximo.

6. Porque andás con llantas lisas o con rotura.

7. Si te negás a recibir la boleta de aviso, requerimiento de pago y de citación.

Multa de Q300

8. Si se te ocurré rebasar a un vehículo que se detuvo ante un paso peatonal.

9. Por cambiarte de carril, en o justo antes de una intersección, o no seguir la dirección indicada para el carril que ocupás.

10. Si hacés sonidos o ruidos estridentes exagerados o innecesarios, por medio de los propios vehículos, bocinas, altavoces u otros aditamentos, en áreas residenciales, hospitales y sanatorios, o en altas horas de la noche.

Multa de Q400

11. Te puede caer multa si no cedés el paso a escolares dentro de la zona escolar y los horarios establecidos.

12. Si te estacionás en un lugar simulando tener una falla mecánica.

13. Por retroceder en autopistas y vías rápidas.

14. Si te cachan haciendo reparaciones de tu carro que no son de emergencia en en la vía pública.

Multa de Q1000

15. No podés faltarle el respeto, ofender, agredir o insultar a la autoridad de tránsito. En caso que el hecho pudiera ser constitutivo de delito o falta, se certificará lo conducente al órgano jurisdiccional correspondiente.

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