Un tribunal de El Salvador liberó este viernes a Evelyn Hernández, quien deberá seguir un proceso judicial fuera de la cárcel, luego de que la Corte Suprema de Justicia anulara su sentencia a 30 años por homicidio agravado tras parir a un bebé presuntamente muerto fuera de un centro hospitalario.
Después de permanecer 33 meses en la Cárcel de Mujeres, en la periferia este de San Salvador, Hernández, de 20 años, salió la mañana de este viernes y se reencontró con sus padres y un hermano que la trasladaron a su residencia en un área rural vecina a Cojutepeque, a unos 30 km de San Salvador.
El Tribunal de Sentencia de Cojutepeque resolvió que Hernández “sea procesada en libertad” y programó para el 4 de abril la audiencia de sentencia que con un nuevo juez dirimirá su caso, declaró a la AFP la abogada del equipo jurídico que la defiende, Angélica Rivas.
“Estamos muy felices porque Evelyn está en libertad y comparte con su familia la alegría de volver a casa”, exclamó Rivas.
La Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico (ACDATEE) recordó que Hernández desconocía que estaba embarazada cuando tuvo un “parto precipitado y extrahospitalario” en una letrina el 6 de abril de 2016.
Las abogadas defensoras durante el proceso no han logrado determinar las circunstancias bajo las cuales quedó embarazada.
Al ser ingresada al hospital de Cojutepeque, fue detenida y acusada por la Fiscalía de “homicidio agravado”.
Aunque el análisis del Instituto de Medicina Legal (IML) no es concluyente sobre lo ocurrido en el parto, la defensa “está convencida” de que el niño nació muerto porque aspiró “meconio”, como se conoce el primer excremento que al ser expulsado dentro del vientre causa daño al bebé.
La abogada Rivas dijo que continuarán trabajando en la defensa de su caso porque “no se respetan los derechos humanos y es ejemplo de vergüenza internacional porque exhibe al país como un antimodelo, que criminaliza injustamente a mujeres que enfrentan emergencias obstétricas”.
Berta Deleón, otra de las abogadas que defiende a Evelyn, se declaro “satisfecha” porque la detención de la joven era “ilegal”, ya que excedió los 24 meses de detención provisional en delitos considerados graves.
La Agrupación ciudadana espera que la duda razonable que prevalece en el caso de Evelyn sea considerada por el nuevo juzgador, ya que “no existe evidencia científica que la incrimine o confirme dolo”.
El artículo 133 del Código Penal salvadoreño establece una pena de 2 a 8 años por aborto. Sin embargo, fiscales y jueces tipifican los casos de aborto o incluso la pérdida del bebé como “homicidio agravado”, un delito penado con 30 a 50 años de prisión.
“Casi aborto por culpa de una prueba médica que resultó ser poco fiable”
Con información de: AFP