Los vehículos con tres o más períodos de impago de impuesto de circulación están siendo inactivados en los registros de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), sin embargo quien se encuentre en esta situación puede tener una rebaja del 75% de la multa y evitar el bloqueo.
El plazo para pagar el impuesto sobre circulación de vehículos (ISCV) sin multas vence el 31 de julio próximo, y según las disposiciones de la SAT las unidades que acumulen tres años de mora serán inhabilitadas.
Los contribuyentes que no efectúen el pago en el plazo establecido son sancionados con multa del 100% del impuesto omitido, además del pago de intereses, según el artículo 31 de la Ley que regula dicho impuesto, se explica en el portal de la SAT.
A esa sanción “se le rebajará el 75%, cuando el contribuyente realice el pago del Impuesto sin previo requerimiento de la SAT. Según el artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos”.
La mora empieza a correr al vencerse el impuesto de cada año, sin embargo funcionarios de la SAT informaron que se puede hacer descuento o rebaja del 75% de la multa a aquellos contribuyentes que no hayan cancelado más de tres años pero sí tendrá que pagar intereses y mora. Vea el listado de morosos de la SAT.
Esa rebaja está estipulada en el Código Tributario, y puede aplicarse siempre y cuando se presenten a la SAT de manera voluntaria para pagar.
Para efectuarlo debe llenar formulario SAT-4091 en el portal de declaraguate.gt
Abel Cruz, Superintendente de la SAT, dijo que al vencerse el impuesto del 2018 podría inhabilitarse 85 mil vehículos más, que acumularían tres años vencidos, pero espera que se pogan al día durante el resto del mes aprovechando el pago del bono 14.
En mayo pasado se había inhabilitado alrededor de 305 mil vehículos que ya estaban atrasados en los impuestos del 2017 hacia atrás, que corresponden a unos 240 mil contribuyentes, y algunos ya se empezaron a poner al día.
Al vencerse el impuesto del 2018 podría inhabilitarse a 85 mil vehículos más, que acumularían tres años vencidos agregó Cruz.
Para volver a habilitar un vehículo el contribuyente debe presentarese a las oficinas de la SAT con la constancia de propiedad, deben pagar sus tributos y se le vuelve habilitar el vehículo.
Si no paga en la fecha establecida, a parte de las multas e intereses que cobra la SAT, el usuario podría ser multado por la diferentes policías municipales de tránsito por no contar con el distintivo vigente del ISCV correspondiente al 2018, a partir del 1 de agosto. Esa multa es de Q500 indicó Cruz.