Con esta ley, el Gobierno pretende beneficiar a por lo menos dos millones de habitantes, quienes, de acuerdo con registros oficiales, son los que utilizan gas en cilindros de 10, 20, 25 y 35 libras, por lo que a estas presentaciones se les aplicará un descuento de Q8, Q16, Q20 y Q28, respectivamente.
Para el efecto, el decreto 15-2021 que fue aprobado por el Congreso este miércoles con 108 votos a favor, 21 en contra y 31 ausentes incluye el mecanismo para que los consumidores finales se beneficien del descuento.
La subvención consiste en Q0.80 por libra para el consumidor y el descuento será aplicable de la siguiente forma.
- Se cruzará información con las 66 plantas envasadoras de Gas Licuado de Petróleo (GLP) que operan en el país, y las que venden a los expendedores, y estos, al público.
- El mecanismo de subvención será verificado por medio de la factura electrónica en línea (FEL) emitida por los expendedores reflejando la rebaja de precio al consumidor final.
- Por ejemplo, el cilindro de 10 libras reflejará un subsidió de Q8; el de 20 libras, Q16, el de 25 libras -el más utilizado en Guatemala- Q20 y el de 35, Q28.
- Los expendedores, por obligación deberán formalizarse en la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), ya que ese será el mecanismo de verificación, y no será válido que se facture al “Consumidor Final” (CF).
- El subsidio está calculado para un consumo promedio mensual de dos millones de cilindros, lo que representa unos 66 mil diarios.