Más de 17 mil patronos podrán ser exonerados por moras ante el IGSS
El próximo 27 de marzo entra en vigor el Acuerdo 1504 del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), que otorga exoneración de recargos por mora en pagos de contribuciones a más de 17 mil patronos.
El referido Acuerdo tiene por objetivo beneficiar a 17,855 patronos con atrasos en el pago de cuotas al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) para brindar nuevamente cobertura de seguridad social a 157,792 afiliados.
Dicha cobertura contempla el Programa de Maternidad, Enfermedad y Accidentes (EMA), por medio del cual se prestan los servicios médicos generales y de especialidades, se otorgan medicamentos, tratamientos y los pagos de subsidios en sustitución del salario en caso de incapacidad. Asimismo, permite a los trabajadores correspondientes la reincorporación al Programa de Invalidez, Vejez y Sobrevivencia (IVS).
Acuerdo 1504 del IGSS beneficia a 157,792 trabajadores afiliados que podrán volver a gozar de seguridad social.El Acuerdo 1504 beneficia a patronos y trabajadores de empresas del sector privado, gobiernos locales o municipalidades y entidades descentralizadas. Dicha medida no exonera el pago de las cuotas laborales y patronales, pero sí los recargos por mora, costas procesales, interés legal, gastos administrativos e intereses resarcitorios. Los patronos podrán solventar su deuda ante el IGSS con un pago al contado o la suscripción de un reconocimiento de deuda hasta por un plazo máximo de 60 meses sin recargo alguno. El beneficio tiene una vigencia de seis meses, no obstante el porcentaje de exoneración dependerá del tiempo en que se aplique al mismo:
- Durante los primeros tres meses: exoneración del 100 por ciento.
- Durante el cuarto y quinto mes: exoneración del 90 por ciento.
- Durante el sexto mes: exoneración del 80 por ciento.
“Se hizo un estudio y un análisis de la situación en que se encuentran muchos patronos comprometidos con sacar adelante a sus trabajadores brindándoles acceso a los servicios de salud y prestaciones pecuniarias que brinda el Instituto, proveyéndoles la oportunidad de que se puedan acercar a solventar sus adeudos, indistintamente si son recientes o inclusive en proceso de demanda”, José Adolfo Flamenco Jau, presidente de la Junta Directiva del IGSS.Lo que no se exonera El beneficio de exoneración mediante el Acuerdo 1504 del IGSS no aplica a las deudas que se encuentren en proceso judicial o con sentencia firme. Este Acuerdo tampoco exonera a los patronos del pago de contribuciones al IGSS atrasadas ni futuras. Todos los patronos están obligados a cumplir con la responsabilidad de trasladar a la Institución las cuotas descontadas a los trabajadores. Aprobación del Acuerdo 1504 del IGSS Dicha medida fue impulsada por la Subgerencia Financiera, aprobada por la Junta Directiva del IGSS y refrendada por el Gobierno de la República mediante el Acuerdo Gubernativo 49-2022. El Acuerdo fue dado a conocer por el Presidente Alejandro Giammattei Falla, en compañía del presidente de la Junta Directiva del IGSS José Adolfo Flamenco Jau.
17,855 patronos podrán pagar deuda al IGSS sin recargos por mora y en un plazo hasta de 60 meses.