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Verificamos por usted: ¿Se puede restringir el acceso a los tribunales por la pandemia?

Algunos funcionarios han procurado limitar la transparencia por la pandemia, pero esta no es una excusa válida, según expertos en temas de transparencia y libertad de expresión.

Torre de Tribunales

La pandemia no puede ser excusa para el secretismo en los tribunales, opinan expertos. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Desde el inicio de la pandemia algunas instituciones y funcionarios públicos han utilizado la pandemia como excusa para restringir la libertad de prensa y el acceso a distintas fuentes de información. Sin embargo, tanto organismos internacionales como la legislación vigente prohíben el secretismo en las dependencias del Estado.

En 2020, cuando los casos de covid-19 se empezaron a dispersar en todo el mundo, diversas instancias como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh) exhortaron a los gobiernos a hacer esfuerzos excepcionales para proteger el trabajo de los periodistas, argumentando que éstos cumplen una función crucial durante una emergencia de salud pública.

Una de las premisas fue que la salud humana no solo depende de la atención sanitaria, sino también del acceso a información precisa sobre el entorno de las personas. En ese sentido, la libertad de expresión incluye también el derecho a buscar, recibir y difundir información de todo tipo de información o ideas.

No obstante, no todos los Estados cumplieron a cabalidad con estas recomendaciones. En Guatemala, por ejemplo, se limitaron conferencias de prensa, otras dependencias incumplieron los plazos para rendir cuentas que establece la Ley de Acceso a la Información Pública y también se intentó restringir el acceso a instituciones públicas.

Lo anterior supuso un retroceso en materia de transparencia y ocurrió al margen de la legalidad, opinan expertos consultados.

¿De dónde salió la información?

El pasado 23 de marzo, durante una audiencia, el juez Edwin Ramírez, quien fue designado como suplente del Juzgado de Mayor Riesgo "D”, pidió a periodistas que se retiraran de la sala de audiencias y únicamente les permitiría ingresar en grupos de tres, amparándose en los protocolos sanitarios. El hecho ocurrió durante la primera declaración del caso de la masacre Rancho Bejuco, en la que se sindica a nueve expatrulleros de autodefensa civil. El juez, incluso, amenazó con iniciar procesos penales contra reporteros y aseguró que grabaría la audiencia porque “hay publicaciones que se pueden estar tergiversando y por eso se está grabando dicha audiencia”, comentó. Esto motivó el rechazo de la Asociación de Periodistas de Guatemala (APG), ya que este acto "remarca la intolerancia e irrespeto hacia la libertad de expresión que existe desde los altos magistrados del Organismo Judicial (OJ) hasta los juzgados de primera instancia", según un comunicado.

¿Cuál es el contexto?

El juez Ramírez no es el primero que utilizó la pandemia como excusa para restringir el acceso de periodistas a su sala de audiencias. El pasado 3 de marzo el magistrado Roaldo Isaías Chávez, juez pesquisidor del antejuicio que se tramitó contra la extitular del Juzgado de Mayor Riesgo “D”, Érika Aifán, realizó la audiencia en la que la juzgadora presentaría sus pruebas de descargo a puerta cerrada. Pese a que Aifán pidió que la audiencia fuera pública, Chávez negó la petición aduciendo que era necesario mantener los protocolos sanitarios. Según la Secretaría Ejecutiva de Acceso a la Información Pública (Secai) de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), los obstáculos para acceder a información pública han aumentado. Durante la pandemia, el promedio de días que una institución tarda en responder una solicitud de información fue de 4.34 días, un día más que el promedio de 2019. Sin embargo, hay casos como el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), ente rector de la salud en el país, que ha demorado hasta más de 70 días, lo cual supone una violación a la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP). Lo anterior repercutió en que los ciudadanos realizaran menos solicitudes de información. Mientras que en 2019 se reportaron 86 mil 598 peticiones, en 2020 fueron 7 mil 763, cifra menor, incluso, a la que se reportó en los últimos cuatro años.

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Falso

Información cierta y confirmada por fuentes confiables.

Silvio Gramajo, experto en temas de libertad de expresión, recordó que en abril de 2020 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la resolución 1/2020, la cual recomienda a los Estados a abstenerse de restringir el trabajo de los periodistas y personas defensoras de derechos humanos y "asegurar el derecho de acceso a la información pública en el marco de la emergencia generada por el COVID-19 y no establecer limitaciones generales basadas en razones de seguridad u orden público". En ese sentido, hay formas de respetar los protocolos sin sacrificar la transparencia. “Por ejemplo, se pueden grabar las audiencias vía stream y la gente puede verla en cualquier parte desde un celular. Así no se restringe el derecho como tal, sino únicamente el acceso al espacio debido a circunstancias particulares”, explica. Asimismo, el artículo 29 de la Constitución Política de la República establece el libre acceso a tribunales y dependencias del Estado. “Toda persona tiene libre acceso a los tribunales, dependencias y oficinas del Estado, para ejercer sus acciones y hacer valer sus derechos de conformidad con la ley”, establece dicho artículo. Edie Cux, de Acción Ciudadana, comenta que la publicidad también está regulada en el artículo 63 de la Ley del Organismo Judicial, el cual establece que “los actos y diligencias de los tribunales son públicos, salvo los casos en que, por mandato legal, por razones de moral, o de seguridad pública, deban mantenerse en forma reservada. La calificación será hecha por el juez en casos muy especiales y bajo su estricta responsabilidad”. Cux considera que la pretensión de realizar audiencias sin acceso a la prensa constituye un retroceso histórico. “Ese tipo de criterios que se basan en la pandemia significan un retroceso muy fuerte para el estado de derecho y no permiten garantizar una justicia imparcial. Nos regresan a la época inquisitiva en los que no hay garantías”, puntualiza Cux.r

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