La presidenta de esa corte, Dina Ochoa, y los magistrados titulares Héctor Pérez Aguilera, Néster Mauricio Vásquez Pimentel y Leyla Susana Lemus Arriaga consideraron que existe vulneración de la Carta Magna.
El magistrado Roberto Molina Barreto emitió un votó contrario, al analizar de que se violaba la autonomía del deporte federado nacional y sus leyes.
Un día antes del fallo de la Corte, el COG publicó una carta del COI con fecha 1 de julio del 2022 en la que reiteró que los estatutos cumplen con la Carta Olímpica y que las elecciones del COG del pasado 24 de marzo fueron válidas y reconocidas.
Además, el COI dejó claro que el COG “debe de estar libre de cualquier interferencia con relación a su gobernanza interna y su funcionamiento de acuerdo al principio de la autonomía del Movimiento Olímpico y de la Carta Olímpica”.
Advirtieron de que de existir alguna interferencia a los estatutos aprobados, el COI “reaccionaría de inmediato e implementaría medidas protectoras apropiadas —con todas las consecuencias que pudieran tener en cuanto a la representación del país y la participación de los atletas en eventos deportivos internacionales—”.
Esta decisión afectaría a los deportistas en el ciclo olímpico, que conlleva los Juegos Centroamericanos, de los cuales Guatemala es sede; Centroamericanos y del Caribe, Panamericanos y los Juegos Olímpicos París 2024.
El fallo de la CC se emitió después de que el Tribunal Electoral del Deporte Federado (Tedefe) presentó la inconstitucionalidad por la aprobación de los nuevos estatutos del COG y por ende la reelección de Gerardo Aguirre como presidente.
La Corte fijó una audiencia en 15 días al COG y al Ministerio Público para que presenten sus alegatos e impugnaciones.