La publicación se hizo en el Diario de Centro América y se menciona que por diversas razones, algunos contribuyentes no pudieron hacer efectivo, dentro del plazo establecido en el Decreto número 70-94 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, el pago correspondiente a los períodos fiscales 2021 y 2022.
Agrega que con el objeto de facilitar que los mismos cumplan con sus obligaciones tributarias sin afectar su economía, es necesario otorgar exoneración sobre multas y recargos en que hayan incurrido.
En el artículo 1 se establece que durante la vigencia de dicho acuerdo gubernativo, los contribuyentes o responsables “que hayan incurrido en infracción por omisión del pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, por los periodos fiscales 2021 y 2022 dentro del plazo establecido en ley, quedarán exonerados en un cien por ciento (100%) del valor de la multa, mora, intereses o recargos causados, siempre que liquiden ante la Administración Tributaria el cien por ciento (100%) de dicho impuesto.
EN ESTE MOMENTO
El acuerdo, en el artículo 2, establece que la Superintendencia de Administración Tributaria podrá emitir las disposiciones administrativas correspondientes para la debida aplicación de la exoneración establecida.
El presente acuerdo gubernativo empezará a regir el día de su publicación en el diario de Centro América y tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2022 y fue firmado por el presidente Alejandro Giammattei y el ministro de Finanzas, Álvaro González Ricci.
En este período los contribuyentes podrán efectuar el pago del Impuesto de Circulación sin multas ni recargo de ningún tipo.
La noche del jueves 4 de agosto, el presidente Giammattei anunció en sus redes sociales, que estaba firmando dicho acuerdo gubernativo, para la exoneración de las multas.
Acabo de firmar el Acuerdo Gubernativo que será publicado mañana para exonerar de multas a quienes no han pagado el impuesto de circulación de vehículos en los últimos dos años. Este acuerdo tendrá vigencia hasta el 31 de agosto del presente año. pic.twitter.com/ISKqAVsulQ
— Alejandro Giammattei (@DrGiammattei) August 5, 2022
El 1 de agosto venció el plazo
El pago del impuesto de circulación venció el pasado 1 de agosto y la meta de recaudación para este año es de Q1 mil 37 millones.
Los contribuyentes que no pagaron su impuesto en la fecha estipulada tenían una multa a pagar del 100% del valor del impuesto. Sin embargo, podían aplicarle un 75% de descuento si el pago se hace de manera voluntaria, de lo contrario, los intereses se iban sumando a una tasa del 12.65%.
Con esta exoneración que publicó el Gobierno, dichas multas e intereses ya no son aplicables si se paga la totalidad del impuesto antes del 31 de agosto de 2022.
Kevin López Oliva, secretario de Comunicación Social del Gobierno, publicó en su cuenta de Twitter un video en el que se refirió a la exoneración de multas de la SAT a quienes no hayan pagado el Impuesto de Circulación en 2021 y 2022.
Hoy se publicó en el @DiariodeCA el Acuerdo Gubernativo 208-2022 que exonera de multas y moras a las personas que no han pagado el Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, correspondiente a los últimos dos años. pic.twitter.com/xIlgIZl9lY
— Kevin López Oliva (@KLopezOliva) August 5, 2022
La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer este viernes que sus sistemas informáticos están preparados para procesar el pago del ISCV de los años 2021 y 2022 con la exoneración del 100% de multas, mora e intereses establecidos en el acuerdo gubernativo 208-2022.
Agregó que la aplicación de la exoneración estará vigente del 5 al 31 de agosto del 2022.
SAT está preparada para procesar el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos de los años 2021 y 2022 con la exoneración del 100% de multas, mora e intereses. pic.twitter.com/FpzU9IpOPV
— SAT Guatemala (@SATGT) August 5, 2022