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Convenio entre el TSE y el Ejército de Guatemala: qué establecen sus doce cláusulas y por qué lo vinculan con información confidencial

La confidencialidad del acuerdo tan solo confirma la reserva en información clave del Ejército, pero no en los acuerdos pactados entre instituciones.

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El 20 de enero próximo se espera que el TSE convoque oficialmente para las elecciones del 2023. Fotografía: Prensa Libre (Juan Diego González).

Doce cláusulas en poco más de tres páginas, así se resume el convenio que firmó el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y el Ministerio de la Defensa (Mindef) el pasado 22 de junio.

El acuerdo persigue fijar las herramientas para que el TSE depure el padrón electoral de aquellos guatemaltecos activos en las filas del Ejército y así tener una mayor precisión en los datos oficiales de cara a los comicios de 2023.

La primera cláusula hace referencia a toda la base legal del acuerdo, mientras que la segunda estipula el objeto, que no es más que mantener un flujo de información constante para la depuración del padrón y fijar mecanismos de cooperación para el año electoral, donde se encuentran incluidos mecanismos de seguridad.

En la tercera cláusula del convenio el TSE y el Mindef acuerdan fijar mesas de empadronamiento cuando un elemento del Ejército deje la institución, así mismo establecen mecanismos de comunicación donde se contempla una herramienta informática.

“Establecer y desarrollar un mecanismo informático seguro, especifico y restringido, basado en la compatibilidad de plataformas electrónicas de ambas instituciones cuyo objetivo sea la transferencia de información, datos y documentos relacionados con aquellos ciudadanos que prestan servicio activo y/o tengan nombramiento de índole militar”, cita el documento.

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¿El documento es confidencial?

Pese a que existe una cláusula de confidencialidad el acuerdo no es un secreto, sino que es público, según explicó Irma Elizabeth Palencia, presidenta del TSE.

La confidencialidad a la que hace referencia el documento es a los datos estadísticos e identidades de miembros del Ejército, información que siempre ha sido reservada por ser información relacionada a la seguridad nacional.

“Queda terminante prohibido a las entidades signatarias revelar, reproducir y proporcionar a terceros ajenos al presente Convenio la información, datos, documentación concerniente a la ejecución del mismo, por lo que debe entenderse que el mismo es estrictamente confidencial, salvo que sea requerida por orden judicial”, explica la clausula.

Pese a que estos puntos como el intercambio de información entre el TSE y el Mindef es algo que ya contempla la ley electoral, la presidenta Palencia señaló las razones de este convenio.

“La norma lo tiene previsto, pero no hay un informe que ellos nos remitan  en forma periódica o voluntariamente. No existe un informe que llegue con periodicidad. Cuando esto no se da buscamos mecanismos para que pueda hacerse y es justamente lo que hicimos en este caso”, refirió.

El quinto punto del documento establece la creación de una mesa técnica entre las dos instituciones para afinar trabajo conjunto, mientras que el sexto hace referencia a los compromisos, donde resaltan la necesidad de intercambiar información mediante un sistema informático que se ajuste a las dos dependencias.

El convenio tampoco obliga al Ejército a dar la información, pero a criterio de Palencia se facilita esa obligación que tiene la institución en la Ley Electoral. “La norma está, el deber ser, pero no hay una que lo haga coercitivo. El convenio tampoco pretende hacerlo, sino convenir las partes en que lo van  a hacer, en buscar herramientas de cumplimiento”.

La nueva presidenta de TSE hace referencia que otros puntos del acuerdo, como la seguridad en las elecciones, es algo que siempre se ha trabajado de la mano del Ejército.

“Cualquier otra cosa que contenga es lo natural que ha habido en el momento de las elecciones. El Ejército acompaña, por ejemplo, el envío de material electoral. Toda la estructura nacional, nos dan en algunos casos acompañamiento de seguridad para que la documentación se envíe a departamentos y municipios”, puntualizó.

Su vigencia

Cualquier trabajo que realice el TSE o el Ejército para dar vida a este acuerdo será de manera gratuita, según lo estipula la séptima cláusula y el mismo tendrá una vigencia de cinco años que puede ser prorrogable, según dicta la octava regla.

Aunque exista un tiempo de coordinación pactado el mismo puede quedar suspendido si alguna de las partes utiliza la información de manera “indebida”, llevando así a la suspensión y terminación del acuerdo, según norma la novena cláusula.

El documento también puede ser modificado según la décima regla y ante casos no previstos los mismos serán objeto de un minucioso análisis jurídico para evitar una violación al orden legal y constitucional, según dicta el décimo primer punto.

La décima segunda clausula indica la aceptación de las partes, TSE y Mindef, para la suscripción del acuerdo, mismo que fue autorizado todavía durante la presidente del magistrado del TSE, Rafael Rojas.

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