Si usted alguna vez ha visto uno de estos anuncios y se ha preguntado si puede participar en uno de estos procesos, qué requisitos debe cumplir y cómo se desarrollan estos, aquí le contamos el procedimiento de las instituciones que más realizan subastas públicas, que se trata de la venta de bienes muebles o inmuebles al mejor precio ofrecido por los oferentes.
En términos generales, la enajenación de bienes del Estado y de sus entidades descentralizadas y autónomas, está regulado por el Decreto 57-92, Ley de Contrataciones del Estado. En su artículo 89, la normativa establece que para la venta de bienes o materiales se debe seguir “el procedimiento de subasta pública, oferta pública, u otros procedimientos en los que los oferentes puedan presentar sus ofertas mediante mecanismos transparentes”, previo cumplimiento de los requisitos y bases.
El artículo 90 de esa misma ley indica que cuando se trate de bienes del Estado, el ministerio o los ministerios deben emitir un Acuerdo Gubernativo donde se deberán establecer, entro otros aspectos, la descripción en detalle los bienes cuya enajenación se llevará a cabo, incluyendo sus datos registrales con base en la certificación correspondiente y que la autoridad interesada, el avalúo; las normas y base de condiciones de la oferta.
Publicación de subastas en Guatemala
En el caso de las entidades descentralizadas y autónomas, la norma establece que estas observarán las reglas establecidas en el mismo artículo en lo que sea aplicable y el acuerdo será emitido por la autoridad superior de la entidad interesada.
El Acuerdo Gubernativo 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, establece en su artículo 64 que, una vez cumplidos los requisitos anteriores, la subasta de los bienes deberá anunciarse en el Diario de Centro América y una vez en otro diario de mayor circulación en el país y en el portal Guatecompras. Además, si se trata de bienes inmuebles fuera del municipio de Guatemala, se anunciará en el medio de comunicación social de mayor audiencia en el municipio correspondiente, durante 15 días.
Se debe publicar la descripción detallada; si se trata de bienes inmuebles, se incluirá su localización, extensión, linderos y cultivos, números de inscripción en los registros de la propiedad respectivos, así como indicar el departamento o municipio donde está situado, si fuere el caso. Se especificará también el precio base de la subasta, la forma de pago y demás condiciones de la negociación, el día y hora señalada para el remate y el lugar en que se efectuará la diligencia.
Según el artículo 65 de ese Reglamento, podrán participar como postores de las subastas públicas, las personas que cumplan con los requisitos que las bases establezcan por cada institución y que, en el caso de las entidades estatales, quienes en el acto del remate acrediten haber depositado en las cajas de la entidad interesada, el 15% del precio base del bien.
Cómo participar en subastas de la SAT
La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), a través de la Intendencia de Aduanas, es una de las entidades descentralizadas que con mayor frecuencia realiza subastas públicas aduaneras de las mercancías abandonadas y las que han sido objeto de comisos.
- Con excepción de los funcionarios o empleados del Servicio Aduanero, toda personas puede participar como postor de la subasta.
- Toda persona que desee participar como postor en la subasta, NO debe tener omisos con la SAT.
- Debe poseer Número de Identificación Tributaria (NIT).
- Tener actualizado sus datos en el Registro Tributario Unificado (RTU) de la SAT.
- Para participar como postor en la subasta, es indispensable depositar el 25% del precio base de la partida o partidas en las que se desee participar.
Para saber si hay algún evento de subasta en curso, se puede visitar el sitio web.
Estar atentos a publicaciones en el Diario de Centro América, diarios nacionales o en el portal de la SAT.
En el caso de la venta de mercaderías objeto de delito de defraudación aduanera que sean de fácil deterioro o descomposición, la SAT podrá publicar la convocatoria de subasta únicamente a través de su portal o sus boletines informativos.
Subasta de vehículos de la Municipalidad de Guatemala
La Municipalidad de Guatemala también es otra de las entidades autónomas que realiza subastas, principalmente de automóviles, motocicletas, chatarras o cosas incautadas o dejados en abandono en la vía pública que, de acuerdo con el artículo 35 de la Ley de Tránsito, previa autorización del Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito.
Cualquier persona interesada podrá inscribirse a las subastas de la Municipalidad, cumpliendo los siguientes requisitos:
- Solicitar y llenar el formulario de inscripción en la recepción del Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito, en las fechas indicadas en la convocatoria.
- Visitar predio en las fechas estipuladas.
- Depositar el 15% del valor base de cada lote que se esté interesado.
- En la subasta, presentar copia del formulario y demás documentos requeridos.
- La municipalidad de Guatemala publica las convocatorias de subastas en su página web.
En el acta de remate se hará constar la forma de pago y demás condiciones de adjudicación y el adquiriente deberá cumplir con todo lo pactado, tal como conste en el acta; de lo contrario perderá a favor de los fondos privativos de la autoridad de tránsito, el depósito que hubiere efectuado para pujar.
Del precio subastado de vehículos o chatarras subastadas se descontarán todos los gastos ocasionados, multas y recargos y demás que correspondieren al vehículo.
Subasta de bienes en extinción de dominio
La Secretaría Nacional de Administración de Bienes en Extinción de Dominio (Senabed), también es una entidad pública que saca a convocatoria subastas de los bienes extinguidos o en proceso de extinción. Esta entidad se rige por lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, pero también en el Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio, así como del Procedimiento de Venta de bienes Extinguidos a Pública Subasta, Número 7 y 8.
Para participar en las subastas de la Senabed, las personas interesadas deben estar inscritos y con los datos actualizados en la Unidad de Registro de Contratistas, para recibir:
- Bases de participación de la venta de bienes extinguidos o venta anticipada en pública subasta.
- Formulario de oferta de la Senabed.
- Listado de precios de los bienes a subastar
- Fecha de visita de los interesados en comprar los bienes a subastar.
- Las bases de participación a la subasta también pueden encontrarse en el portal.
En el caso de bienes ya extinguidos, el postor deberá entregar comprobante de pago del 15% sobre el precio base y emite recibo autorizado por la Contraloría General de Cuentas.
Para los bienes con medida cautelar a través de venta anticipada, el pago puede oscilar entre 5% y 10% sobre el precio base. Debe entregarse el recibo autorizado por la Contraloría General de Cuentas.