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Pago de impuestos: Consejos para evitar problemas con la SAT si usted es pequeño contribuyente

Facturación electrónica en Línea, contabilidad digital y declaraciones mensuales son algunas de las obligaciones actuales de los afectos al régimen de pequeños contribuyentes.

impuestos contabilidad persona haciendo cuentas pequeño contribuyente

Actualizarse con la FEL no es la única obligación del pequeño contribuyente. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La incorporación de los pequeños contribuyentes (PC) al régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL) no es la única obligación que tiene ese segmento, por lo que no se debe perder de vista otros tipos de cumplimiento como la forma como deben operarse los libros de compras y ventas o los correspondientes si hay obligación de llevar contabilidad completa, las declaraciones periódicas y la eliminación de omisos.

Por ejemplo, a partir del 1 de julio el pequeño contribuyente ya no puede emitir facturas preimpresas, sino solo Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) como la FEL, pues si necesita prórroga debe pedir autorización a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) con las causales específicas.

Quiénes son PC

En el régimen de PC pueden estar tanto personas individuales como jurídicas (que abarca empresas, sociedades mercantiles, fundaciones o asociaciones no lucrativas), según el auditor Óscar Chile Monroy de la firma MGI Chile Monroy y Asociados.

El requisito es que el monto de venta de bienes o prestación de servicios no exceda de los Q150 mil en un año calendario. Si supera ese monto, debe solicitar inscripción al Régimen General del impuesto al valor agregado (IVA) o la SAT lo trasladará de oficio a ese régimen.

Impuesto y declaración

Este régimen está gravado con el 5% sobre los ingresos brutos totales por ventas o prestación de servicios. Lo debe declarar de forma mensual y no tiene derecho a deducción de gastos y costos en los que incurre para la prestación de servicios o venta de bienes.

Facturas

El PC debe emitir factura por la venta de bienes o prestación de servicios. Las facturas de pequeño contribuyente no generan crédito fiscal del IVA para los compradores.

El intendente de Recaudación de la SAT, Fernando Suriano, informa sobre las obligaciones respecto a las FEL:

  • A partir del 2 de junio del 2023, los PC tienen la obligación de incorporarse al régimen de Factura Electrónica en Línea (FEL).
  • A partir del 1 de julio del 2023, los PC ya no podrán emitir facturas preimpresas según la resolución SAT-DSI-400-2023.
  • Las multas por ese incumplimiento, según el numeral 8 del artículo 94 del Código Tributario, decreto 6-91, son de Q100 por cada factura preimpresa emitida.

Al 29 de junio del 2023, aún no se habían incorporado a FEL 15 mil 247 contribuyentes y a la fecha, hay 855 mil 314 contribuyentes efectivos en FEL.  El 100% de afectos al régimen general que representa más del 97 % de la recaudación, ya está inscrita y solo faltan los PC mencionados que representan en menos del 0.001% de la recaudación, añadió.

Pedir autorización

Desde el 22 de junio pasado, según la resolución SAT-DSI-863-2023, los PC que así lo consideren pueden acudir a la SAT para solicitar una prórroga de 1 año para poder seguir emitiendo facturas preimpresas, por causas de imposibilidad material. Entre estas causales se mencionan:

  • No tener internet en el área (donde se ubica el negocio).
  • No saber hablar español (personas en las comunidades son indígenas)
  • No saber usar la tecnología.
  • No saber leer ni escribir.

Al 29 de junio la SAT había recibido 3 solicitudes.

Omisos

Los PC deben evitar caer en omisos en la declaración y pago de impuestos. Si surgen dudas o alguien necesita saber qué omisos tiene, puede consultarlo por medio del portal de la SAT, ingresando a la sección Verificador Integrado. Este abre una ventana que pide ingresar en el cuadro los caracteres del Captcha.

Hay dos opciones: Una es seleccionar la opción Contribuyente si no se tienen los datos específicos del omiso. En esta le pide completar los datos requeridos como el NIT de quien hace la consulta (que regularmente puede ser el contador), el NIT del emisor del documento (el contribuyente) y luego dar clic en la opción Buscar.

Si tiene más datos del documento o transacción a consultar, puede usar la opción denominada Documento, en la cual se le requerirá de toda la información que ya se tenga del mismo como el NIT, tipo de documento (factura y otro), serie o número de documento. El sistema le generará una tabla con los omisos.

Pago de omisos

En el sistema Declaraguate puede hacer el pago de los omisos o presentar las declaraciones pendientes. Se debe elegir el nombre del Régimen, en este caso Pequeño Contribuyente, y está disponible el formulario SAT-2046

Al momento de ingresar el monto facturado, el sistema automáticamente genera el impuesto determinado. Sin embargo, debe tomar en cuenta que el sistema le generará en forma automática el dato de la multa, por atraso en la declaración del mes o meses vencidos.

Por cada mes vencido no declarado, se genera una multa de Q150, ya sea que la declaración tenga valor cero u otro.

Contabilidad

Los comerciantes, según el concepto del Código de Comercio, están obligados a llevar contabilidad completa. Sin embargo, no tienen esa obligación los segmentos a los que según  el artículo 9 no se les considera comerciantes, como quienes ejercen una profesión liberal y los artesanos que solo trabajen por encargo o que no tengan almacén o tienda para el expendio de sus productos.

Los PC que comercializan con bienes se consideran comerciantes y si su activo total supera la suma de Q25 mil, tienen la obligación de llevar los libros contables, según lo establecido en el artículo 368 del Código en mención.

 

También en el caso del PC, tenga o no la obligación de contabilidad completa, debe llevar sus libros de compras y ventas, no importando si está en FEL o no. Los libros deben ser autorizados por la SAT ya sean en papel, en archivo digital como excel, de forma electrónica o con las herramientas que ahora ofrece la SAT.

Resistencia a la fiscalización

Los PC también pueden ser fiscalizados por la SAT, entidad que verifica datos por medio de los sistemas electrónicos que ahora posee la entidad o solicitar información de forma directa.

El Código Tributario establece que cuando ese ente solicita información, se dispone de tres días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación para responder y entregar lo solicitado. De no hacerlo, se le aplica una multa administrativa por resistencia a la acción fiscalizadora y la SAT puede pedir a un juez que le ordene entregar lo requerido.

Para atender la resolución del juez se tienen 10 días; de no hacerlo en ese plazo, en el día 11 se cae en delito de resistencia a la fiscalización, que también conlleva multa y sanciones penales.

Fuentes: Recopilación de información de la página electrónica de la SAT; Fernando Suriano intendente de recaudación de la SAT; y auditor Óscar Chile Monroy. Con información de Agustín Ortiz.