El documento, que consta de 121 hojas, detalla al menos seis dudas o quejas que hace la Cancillería a la CC, entre las que se encuentra que la Corte no tiene la competencia para conocer acciones que solo le competen al Organismo Ejecutivo ya que es el presidente quien dirige la política exterior.
También señalan que no hay congruencia para extender las visas de cortesía debido a que las mismas se hacen sobre el pasaporte, y los interesados abandonaron Guatemala en cumplimiento de una orden emitida por el Instituto Guatemalteco de Migración.
Asimismo, señalan que por qué al momento de resolver no tomaron en cuenta que ante las controversias que surjan las mismas se deben de resolver entre el Estado de Guatemala y la Organización de Naciones Unidas.
Lea también: Felipe Gómez Alonzo, otro niño que muere bajo custodia de la Patrulla Fronteriza
Otro de los cuestionamientos que se hacen a la CC es por qué se decidió dar la legitimación activa a otras personas como Jordán Rodas, procurador de los Derechos Humanos, y al abogado Alfonso Carrillo, si dos Salas distintas ya habían suspendido el trámite del amparo por considerar que no eran afectados directos en el amparo presentado.
El pasado viernes la CC otrogó 12 horas al Minex para que extienda visas de cortesía a investigadores de la Cicig y tres de sus familiares.
La CC declaró con lugar tres apelaciones promovidas por el procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas; la mandataria de la Cicig, y los diputados que integran el Frente Parlamentario por la Transparencia, por lo que otorga el amparo provisional que deja en suspenso unas notas diplomáticas del 11 de octubre último.
La decisión del máximo tribunal se dio por mayoría, con los votos de los magistrados Neftaly Aldana, Gloria Porras, Francisco de Mata Vela y Boanerge Mejía, y tuvo el voto disidente de la magistrada presidenta, Dina Josefina Ochoa Escribá.
También el Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal otorgó ese mismo día un amparo provisional a Eleonora Muralles de la asociación Familiares y Amigos contra la Delincuencia y el Secuestro (FADS).
Mientras el Gobierno anunciaba que los investigadores de la Cicig habían abandonado el país, el vocero de la Cicig, Matías Ponce, señalaba que los funcionarios ya se encontraban fuera de Guatemala por motivo de vacaciones y no por la decisión del Ejecutivo.
Por aparte, la vocera del Minex, Marta Larra, indicó a Prensa Libre que se había planteado el recurso de ampliación y aclaración y que luego de resolverse la acción se daría cumplimiento a la orden de extender las visas de cortesía y que se iba a permitir el ingreso al país de los investigadores y sus familias. Sin embargo, se retractó de los antes dicho y dijo que el permitir el ingreso no era la postura oficial de Cancillería sino una postura personal.
Por el momento, la CC no ha decidido cuando resolverá el recurso planteado por Cancillería.
Lea además: revocan resolución que permitía a Carlos Vielmann acompañar investigaciones
Por aparte, el abogado constitucionalista, Alejandro Balsells indicó que mientras la CC resuelve la ampliación y aclaración, el amparo provisional está vigente, por lo que el Minex debe acatarlo.
A consideración de Balsells, las acciones de ampliación y aclaración que presentó Cancillería buscan atrasar la orden de la CC en la que se debe otorgar las visas a los funcionarios de la Cicig y sus familiares.
“Son acciones para no cumplir y seguir con el supuesto golpe de Estado técnico”, refirió.
Las inconformidades
- No hay congruencia jurídica por ser imposible su cumplimiento, toda vez que la extensión de visas de cortesía que realiza la Dirección General de Protocolo y Ceremonial Diplomático se realiza sobre el propio pasaporte del interesado y como es de conocimiento público los interesados dieron cumplimiento a una orden de abandonar el país girada por el Instituto Guatemalteco de Migración.
- Es necesario que esa Honorable Corte amplié a qué se refiere cuando también se está dando un plazo de 12 horas totalmente carente de lógica, debido a que amerita ese plazo para hechos futuros e inciertos no contemplados o señalados como actos reclamados y en total vulneración con el principio de la lógica de no contradicción.
- Es necesario que los Honorables magistrados de esa Corte aclaren por qué al momento de resolver no se tomó en cuenta que el Estado de Guatemala y la Organización de Naciones Unidas son los únicos competentes para resolver cualquier controversia relativo al establecimiento de la Cicig, que cualquier diferendo debe someterse a las normas del derecho internacional público y no al ordenamiento jurídico interno.
- La Honorable Corte en resolución recha 16 de septiembre del 2018, dictada dentro del expediente 4207-2018, estableció que “(…) el Presidente de la República es el responsable de dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, potestades que debe ejercer conforme la Constitución. Por lo que debe aclarar si la Corte tiene competencia para intervenir directamente en asuntos que constitucionalmente son funciones exclusivas del Organismo Ejecutivo.
- También solicitan que aclare porque otorgó dar la legitimación activa a personas o funcionarios que según órganos que conocieron en primera instancia suspendieron el trámite del amparo por considera que no eran afectados directos.
- Asimismo, estiman que la Corte de Constitucionalidad no debió haber aceptado a trámite el recurso de apelación por carecer competencia para conocerlo ya que está interfiriendo expresamente con facultades que le corresponden exclusivamente al Organismo Ejecutivo y la Dirección General de Protocolo y Ceremonial Diplomático.
Contenido relacionado
> Vacío legal permite gasto sin control a partidos políticos
> Entrega de vales del Maga por parte de gobernadores podría ser clientelar
> Cancillería prolonga cumplimiento de orden de la CC