Pago de impuestos

Guía completa para pagar el impuesto de circulación de vehículos 2024

Antes del 1 de octubre, los propietarios de los 5.5 millones de vehículos registrados por la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) deben pagar el tributo.

mega digitalización de los expedientes de la SAT

El 20 de junio de 2024 el Congreso de Guatemala aprobó ampliar la fecha para el pago de impuesto de vehículos hasta el 30 de septiembre. (Foto, Prensa Libre: Freepik).

De acuerdo con el decreto 70-94, "Ley del Impuesto sobre circulación de vehículos terrestres, marítimos y aéreos” todos los propietarios de automotores están afectos a este tributo anual, que normalmente era posible pagar hasta el 31 de julio.

Pero el 20 de junio pasado, el Congreso de la República de Guatemala aprobó el decreto 13 – 2024 con el que se amplía el plazo , por lo que ahora, los guatemaltecos tendrán hasta el 30 de septiembre de 2024 para cumplir con esa obligación.

La SAT actualmente tiene disponible los pagos virtuales y presenciales, pues puede hacerse desde el Portal Declaraguate, la banca virtual de los bancos autorizados, cajeros automáticos o en ventanillas de dichos bancos. El pago se puede realizar con tarjeta de crédito o débito (Neoservicio), la banca virtual de los bancos o en efectivo.

Se ha consultado a la SAT y a continuación se presenta paso a paso el proceso de pago, según las diferentes opciones:

Procedimiento y formas de pago

Antes de realizar el pago debe llenarse el formulario SAT-4091 en el que se valida, verifica y confirma los datos del o los vehículos. Para esto debe tenerse a mano el número de placa de los vehículos y el NIT del propietario del vehículo.

  1. Ingresar a Declaraguate
  2. En la sección 5 Vehículos, ubicar el formulario SAT-4091 Vehículos, Circulación Impuesto Sobre Circulación de Vehículos (ISCV), Vehículos terrestres.
  3. Completar el captcha.
  4. Seleccionar el tipo de placa, digitar el número de placa y el NIT del propietario.
  5. Presionar el botón buscar y validar.
  6. El sistema indicará el monto del impuesto a pagar. Congelar la información e imprimir la boleta SAT-2000, con la cual se paga el ISCV.
  7. Pagar del Impuesto de Circulación en cualquiera de las cuatro siguientes formas:

Cualquier agencia bancaria:

  • Presentar la boleta SAT-2000
  • Realizar el pago del ISCV

Banca virtual

  • Ingresar a la banca virtual de tu banco, buscar la opción Declaraguate.
  • Seleccionar la cuenta de la que se debitará el monto a pagar, que puede ser de ahorro, monetaria o tarjeta de crédito.
  • Ingresar el número de formulario SAT-4091 y da clic en el botón validar para trasmitir el pago.

Neoservicios (tarjeta débito o crédito)

  • Ingresar al portal SAT , clic en la opción Servicios Tributarios y seleccionar en el apartado Cumplimiento Tributario y seleccionar la opción Otras Formas de Pago.
  • Seleccionar Neoservicios.
  • Iniciar sesión. Si no tiene una cuenta creada, dar clic en Registrarme y completar los campos solicitados, aceptar los Términos y Condiciones.
  • El sistema solicitará registrar una tarjeta de crédito o débito. Llenar los campos indicados para finalizar el proceso de registro.
  • Seleccionar el apartado Pago de Impuestos; después, la opción Iniciar sesión.
  • Ingresar el número de Formulario SAT- 4091 (en algunos casos solicitará el número de contingencias de la boleta de Declaraguate). Después de ingresar los datos solicitados, dar clic en Validar.
  • Se visualizará el monto a cancelar, dar clic en pagar y realiza el pago de ISCV. Luego, finalizar gestión

Cajeros 5B (Aplica únicamente a Banrural y CHN)

  • Seleccionar en la pantalla del cajero la transacción Pago de servicios, impuestos, donaciones.
  • Elegir la opción Pagos varios.
  • Seleccionar la categoría Servicios SAT.
  • Después, Pago formulario SAT-2000.
  • Opción SAT-Declaraguate.
  • Ingresar el número de formulario SAT-4091 y presionar Continuar para finalizar el pago del ISCV.

Impresión de la tarjeta de circulación

Finalmente, ingresar al portal SAT, clic en Agencia Virtual para buscar e imprimir la tarjeta de circulación del año 2024.

De conformidad con el Acuerdo Gubernativo 273-98, Reglamento de Tránsito, artículo 10, documentos de los vehículos: “La tarjeta de circulación o fotocopia autenticada será portada por el conductor de cada vehículo automotor, siempre que circule en las vías públicas del territorio nacional”, es por ello que se debe imprimir la tarjeta de circulación.

Al terminar el período estipulado para el pago de este impuesto, la SAT espera haber recaudado Q1,122.4 millones.

ESCRITO POR:

Glenda Burrión

Periodista de Prensa Libre especializada en economía con más de 7 años de experiencia como correctora de textos y creación de contenido digital.