Su alegato era contra el acuerdo 1-2015 del TSE, que prohibió este año la actualización de datos y con esto el TSE busca evitar la trashumancia que en procesos anteriores ha incidido en violencia electoral o inconformidad en los resultados. Ambas acciones fueron rechazadas.
Los otros antejuicios que están en trámite fueron presentados por Rudy Brooks Hernández, por supuesta campaña anticipada. El otro es de la Fundación Identidad, por prohibir propaganda por parte de personas sin afiliación a un partido.
Niegan trámite
El presidente del Organismo Judicial, Josué Baquiax, dijo que hay una solicitud de antejuicio planteada por la Fundación Identidad (Fidenti) en contra de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Julio René Solórzano Barrios, María Eugenia Mijangos Martínez y Mario Ismael Aguilar Elizardi, pero que todavía no se ha conocido en el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
“Lo que sí resolvió la Corte fueron dos solicitudes de antejuicio planteadas por la señora Gloria Elizabeth Conde López, de la Asociación de Ayuda y Protección Ciudadana, contra los tres magistrados del TSE. Luego de una discusión, como merece cuando se resuelven los casos constitucionales, se rechazaron in limine (sin entrar conocer) ambas”, afirmó Baquiax.
El presidente de la Cámara de Amparos y Antejuicios, Ranulfo Rojas, explicó que la petición de Fidenti es de reciente ingreso y que todavía no ha sido analizada ni trasladada al pleno de la Corte para que sea resuelta.
“Asimismo, hay otra solicitud de antejuicio en contra de los tres magistrados del TSE, que en lo personal lo plantea el señor Rudy Brooks Hernández, quien hace referencia a la campaña anticipada. Vamos a analizarlos posteriormente”, refirió Rojas.
Acuerdos polémicos
El acuerdo 1-2015 y 67-2015 del TSE han cobrado notoriedad, luego que organizaciones políticas han visto afectados intereses con las nuevas disposiciones.
El primero, que reforma un párrafo de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, limita la actualización de datos entre municipios, lo que evita que un elector pueda durante estos meses cambiarse de domicilio para votar en otra jurisdicción.
El argumento del TSE para esta disposición, en su momento fue que se evita que exista la trashumancia, es decir que electores sean coaccionados o influidos para que cambien su lugar de residencia y así manifiesten su apoyo a determinado candidato.
El segundo acuerdo que ha generado acciones legales contra los magistrados es el que sanciona a distintos partidos políticos por campaña anticipada y advierte a personas sin afiliación partidaria a participar en actos proselitistas.