El artículo impugnado es el 19 de la Ley de Sociedades Civiles de Convivencia, en vigor en Campeche desde diciembre del 2013 y que autoriza a las parejas del mismo sexo a unirse mediante un vínculo legal pero les cerraba la puerta a la adopción.
Una fuente de la Suprema Corte explicó que este fallo no sienta jurisprudencia toda vez que para eso se tienen que acumular cinco sentencias similares, pero establece un criterio que debe ser seguido por todos los juzgados del país.
En el proyecto votado por mayoría se establece que el artículo en cuestión, que fue impugnado por la Comisión de Derechos Humanos de Campeche , produce “afectaciones al interés superior del menor y a una forma de integrar una familia”.
En junio pasado la Suprema Corte emitió otro fallo que obliga a los jueces a conceder un recurso de amparo a las parejas homosexuales que deseen casarse, lo que de facto legaliza el matrimonio igualitario.
Ciudad de México fue la primera jurisdicción en América Latina que legalizó las uniones de personas del mismo sexo tras aprobar en el 2007 la llamada “sociedad de convivencia” y en el 2010 el matrimonio con derecho a adoptar.
Los estados de Coahuila y Quintana Roo también han reformado sus códigos civiles para legalizar el matrimonio homosexual.