Villagrán indicó que el objetivo es asegurar que los frutos obtenidos en la operación de TCQ “no vayan a ser desviados”.
El caso salió a luz cuando Juan Carlos Monzón, quien fue secretario privado de la vicepresidenta Roxana Baldetti y ahora es colaborador eficaz del caso, afirmó a la Fiscalía que “el negocio del usufructo se cerró en Cancún”, el Martes Santo del 2013, y que se iban a recibir US$30 millones como coima por la negociación.
De ahí se derivó la captura de 10 personas y se citó al expresidente Otto Pérez Molina y a Baldetti, para que rindieran primera declaración por lavado de dinero, asociación ilícita, cohecho pasivo, fraude, enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias.
Demanda
Villagrán les dijo a los diputados de la UNE que el presidente Jimmy Morales ya le dio la orden verbal de comenzar el proceso jurídico, pero está a la espera de que en Consejo de Ministros se emita el acuerdo gubernativo que autorice plantear la demanda en los tribunales de justicia.
Como parte del proceso se podría solicitar un resarcimiento por daños y perjuicios, debido al daño que ha ocasionado este contrato al Estado, “principalmente en su credibilidad; además, el monto de la renta que se fijó no es acorde con el del mercado. Hay una diferencia que conlleva una pérdida económica para el país”.
Para establecer el monto de indemnización que se solicitará en la demanda, el presidente pidió al Ministerio de Finanzas estudios actuariales, según la abogada del Estado.
En la demanda, la Procuraduría General de la Nación (PGN) actuará como agraviada, buscará que se deduzca responsabilidad penal contra los funcionarios, personas individuales o ministros del gobierno del Partido Patriota (PP) que resulten implicados, y solicitará prisión preventiva.
Según Villagrán, hubo varias bancadas del Congreso que le solicitaron a Otto Pérez Molina, durante su gestión en la Presidencia, declarar lesivo el contrato con TCQ, pero él y su gabinete rechazaron la petición “porque en apariencia no se afectaban los intereses del Estado”.
Enrique Godoy, comisionado presidencial de Desarrollo Urbano, explicó que la intervención busca resguardar el rédito financiero que genere la empresa TCQ hasta que se establezca la anulación, que al final “será decisión de un juzgado”.
“No hay ningún riesgo con la intervención. La advertencia es que las empresas internacionales no pueden venir a celebrar negocios aquí dando sobornos. Esa es la lección que le vamos a dar al mundo”, dijo Villagrán.
Fundamento legal
La nulidad y la demanda de resarcimiento de la PGN se fundamentará en “todas las ilegalidades que se encontraron en el expediente administrativo y en la suscripción del contrato”.
La funcionaria indicó que el interventor, Allan Marroquín, no tenía facultades legales para adquirir derechos y obligaciones, porque su trabajo era garantizar el funcionamiento eficiente de la Empresa Portuaria Quetzal (EPQ).
Otra irregularidad fue “simular que se trataba de un usufructo cuando en realidad se concesionó un servicio público”. Tampoco se hizo una licitación pública internacional, pese a que lo exige la Ley de Contrataciones, señaló la abogada del Estado.
Los bancos
En la citación, la procuradora general explicó que el año pasado sostuvo reuniones con autoridades de los bancos Mundial (BM), G&T Continental e Industrial, quienes estaban “preocupados” por el cambio de criterio a su llegada a la PGN respecto del contrato TCQ. “Se les explicó todo”, enfatizó.
Godoy detalló que los bancos han participado porque las acciones del TCQ se financiaron a través de “un grupo de crédito sindicado, que significa que más de una entidad prestó el dinero para el proyecto”.
“G&T Continental concedió US$40 millones, el IFC (Corporación Financiera Internacional), brazo financiero del Banco Mundial, dio US$61.2 millones; y el FMO (The Netherlands Development Finance Company), banco de desarrollo de Holanda, prestó US$25 millones”, explicó.
Godoy agregó: “En este momento, el 85 por ciento de las acciones las tiene la empresa APM Terminal y el 15 por ciento, IFC, que equivale a US$7.6 millones de inversión. Se ha especulado sobre inversionistas locales, pero no se ha logrado establecer”.
Carlos Granados, gerente de Mercadeo de G&T, explicó que se reunieron con Villagrán por invitación de TCQ, por las discrepancias de criterio entre los procuradores anteriores, y aseguró que esa entidad financió parte de la infraestructura y equipos de la terminal.
Las autoridades del Banco Industrial dijeron que desconocen acerca de la reunión y que no tienen relación con TCQ, más que una carta de crédito a una importación.
Querellante
Bernardo López, presidente de la Junta Directiva de la EPQ, indicó que se les notificó que fueron aceptados como querellantes en el caso.
Proceso lleno de opacidad
El contrato de usufructo oneroso fue cuestionado por la manera en que se dio, debido a que desde mayo del 2012 se hizo el andamiaje para otorgar el contrato a TCQ.
- La Empresa Portuaria Quetzal (EPQ), bajo la modalidad de usufructo oneroso, entregó a la empresa Terminal de Contenedores Quetzal (TCQ) la fracción de terreno de 348 mil 171.81 metros cuadrados. La inversión inicial fue de US$120 millones, y la final, de US$240 millones.
- El contrato fue criticado por varios sectores, debido a que se hizo por usufructo oneroso, cuando se debió haber hecho por concesión, y eso conlleva cumplir con la Ley de Contrataciones del Estado.
- La EPQ modificó su normativa interna, y en el nuevo cuerpo legal ya se incorporó la figura del usufructo.
- La empresa Terminal de Contenedores Quetzal (TCQ) se constituyó el 14 de mayo del 2012, con un capital de Q5 mil. Su primer representante legal fue Francisco Javier Soucheron Marcet.
- El 22 de junio del 2012, una comisión técnica resolvió aprobar la solicitud de TCQ por un plazo de 25 años, los cuales eran prorrogables. Tres días después, el interventor Allan Marroquín suscribió la solicitud de TCQ, y el 11 de julio de ese año se firmó el contrato de usufructo oneroso por medio del cual Terminal de Contenedores de Barcelona (TCB), de España, operará una terminal de contenedores en Guatemala.
- Diversos sectores sociales emitieron fuertes críticas y señalamientos desde entonces, por la secretividad con que se otorgó el contrato.
- Tres bancos o entidades financiaron la construcción de TCQ. G&T Continental aportó US$40 millones,
- Netherlands Development Finance Company (FMO, en inglés) US$25 millones y Corporación Financiera Internacional (IFC, en inglés) US$61.3 millones.
- Terminal de Contenedores de Barcelona, como empresa matriz de TCQ, tenía el 85 por ciento de las acciones. IFC obtuvo el 15 por ciento, al haber aportado un capital de US$7.7 millones.
- APM Terminals adquiere la participación de TCB en el mundo, por lo que TCQ pasa a ser parte de sus activos, siempre con el 85 por ciento de participación.
Interés del público
Gabriel Goldschmidt, gerente Senior de Corporación Financiera Internacional, explicó por correo electrónico que es un procedimiento que se inicia y que van a acompañar, respetando la legalidad y las instituciones.
“Más allá de la validez o la nulidad del contrato, lo que se debe proteger es el interés del público en beneficiarse de una infraestructura moderna y eficiente. Nos parece importante medir la señal que este proceso pueda enviar a aquellos que han apostado por el desarrollo de Guatemala”, refirió.
Sin responder
Desde el martes recién pasado se han enviado correos electrónicos a directivos de APM Terminals, quienes ahora son propietarios del 85 por ciento de las acciones de TCQ; sin embargo, todavía no responden.
Se contactó a los abogados de la firma Consortium, que APM Terminals contrató para llevar algunas acciones o el proceso en Guatemala, pero dijeron que no tenían las facultades para responder a las preguntas que Prensa Libre les presentó, ante un caso de gran magnitud como lo es TCQ.
Intervención
Cuando las medidas de garantía recaigan sobre establecimientos o propiedades de naturaleza comercial, industrial o agrícola podrá decretarse la intervención de los negocios.
Podrá decretarse, asimismo, la intervención, en los casos de condominio o sociedad, a efecto de evitar que los frutos puedan ser aprovechados indebidamente por un condueño en perjuicio de los demás. El auto que disponga la intervención fijará las facultades del interventor, que se limitarán a lo estrictamente indispensable para asegurar el derecho del acreedor o del condueño, permitiendo en todo lo posible la continuidad de la explotación.
Artículo 529 del Código Procesal Civil y Mercantil.
Refuta argumentos
El magistrado de la Corte Suprema de Justicia Vladimir Aguilar calificó la denuncia en su contra de “inconsistente, infundada”.
“Se habla de una posible omisión que no existe”, agregó, y dijo que en la denuncia, que abarca a varios funcionarios y fechas, deben separarse los actos administrativos de los que tuvo conocimiento cada uno. Aguilar fue procurador general de enero del 2013 a noviembre del 2014.
“Yo no conocí en absoluto de este expediente. Según el artículo 20 de la Ley de lo Contencioso Administrativo, el Consejo de Ministros es el órgano competente para determinar la lesividad”, agregó.
Infraestructura
El director del Programa Nacional de Competitividad (Pronacom), Acisclo Valladares Urruela, comentó que la infraestructura de la Terminal de Contenedores Quetzal debe ser utilizada, pues independientemente de la decisión que se tome de nulidad del contrato, lo ideal es que la terminal siga adelante. “Siempre que se protejan los intereses de los inversionistas y el patrimonio del Estado”, dijo.
Valladares agregó que serán las instancias correspondientes las que evaluarán por quién deberá ser operada. “Si por un nuevo grupo o por el Estado”, enfatizó el ejecutivo.