Según la fiscalía, con lo establecido en el Artículo 324 del Código Procesal Penal, a los tres meses de dictado el auto de prisión preventiva, si el Ministerio Público no ha planteado solicitud de conclusión del procedimiento preparatorio, el Juez, bajo su responsabilidad dictará resolución, concediéndole un plazo máximo de tres días para que formule la solicitud que en su concepto corresponda.
Manifiestan preocupación
A través de un comunicado directivos del Liceo Javier, manifestaron su preocupación, pues aseguran que el pasado martes el MP debía presentar el acto conclusivo al juzgado porque terminaba el período de investigación en dicho caso, y no se cumplió con dicha obligación legal dentro de los plazos establecidos.
Solís Cortés se puso a disposición del juez el pasado 21 de septiembre, por la muerte del estudiante en la piscina del establecimiento.
La Fiscalía de Delitos contra la Vida del Ministerio Público (MP) señala a Solís Cortéz por el delito de homicidio culposo.
“En su calidad de director del centro educativo tenía como función asegurar un ambiente escolar que favoreciera el autoestima, la resolución pacífica de problemas y el reconocimiento de dignidad humana”, explicó Julia Barrera vocera del MP.