Comunitario

Transporte tiene seis meses para modificar unidades

Desde el viernes 4 de noviembre cobra vigencia la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial, que pretende regular la velocidad del transporte colectivo de pasajeros y de carga.

Un camión volcó el domingo en el kilómetro 24 de Amatitlán, presuntamente el conductor perdió el control al viajar a exceso de velocidad. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Un camión volcó el domingo en el kilómetro 24 de Amatitlán, presuntamente el conductor perdió el control al viajar a exceso de velocidad. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

En el Diario de Centro América fue publicado este jueves el Decreto Legislativo 45-2016, que pretende principalmente regular la velocidad de circulación para reducir los accidentes viales en las rutas.
 
La Ley fue aprobada por el Legislativo el 27 de septiembre pasado con 98 votos a favor  y 30 en contra. Entre las principales normativas contempla la obligatoriedad de los propietarios de transporte a efectuar una modificación mecánica en la bomba de inyección de los automotores.
 
La medida hace que los automotores no puedan circular a más de 80 kilómetros por hora. El costo del mecanismo debe ser absorbido por los dueños y no debe reflejarse en costo al usuario.
 
Dichas modificaciones deben implementar en un plazo de seis meses a partir de la vigencia de la ley, es decir, desde el 4 de noviembre tendrán hasta el 4 de mayo del 2017 para acatar la disposición.

La nueva Ley establece las siguientes regulaciones:

  • Los autobuses no podrán circular a más de 80 km/h, controlados a partir de modificaciones en la bomba de inyección.
  • Las unidades deberán hacer revisiones cada seis meses ante la autoridad competente: Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil (PNC), Dirección de Protección Vial (Provial) y las policías municipales de Tránsito (PMT).
  • Los pilotos que conduzcan bajo efectos de licor serán suspendidos de uno a dos años y multas de Q5 mil  a Q25 mil.
  • La sanción es de dos a cuatro años y multas de Q10 mil a Q25 mil para los pilotos de transporte colectivo. Modifica las penas de homicidio culposo, de dos a cinco años de cárcel, y de lesiones culposas, de tres meses a dos años.
  • Las sanciones van desde los seis meses hasta cinco años.
  • Las multas van de cinco a diez salarios mínimos.
  • Las líneas de transporte deberán contar con pólizas de seguro y gastos funerarios.

Caminos mortales

El martes último un accidente de tránsito dejó dos personas muertes y dos heridas cuando un camión repartidor de bebidas se accidentó en el kilómetro 78 de la ruta al sur occidente.

Las víctima fueron identificadas como Walter Ordóñez, de 46 años, quien era piloto del camión;  y Arturo Andrade, 45, su ayudante, ambos murieron en el lugar, debido a los golpes que sufrieron.

En Totonicapán dos personas murieron el lunes en la ruta hacia  la aldea Chuachituj, Santa María Chiquimula, cuando el vehículo en el que viajaban cayó en una hondonada.

Las víctimas son Miguel Jax Saqvín,  de 48  años;  y su esposa Catarina Soc Mejía, de 44, quienes regresaban de un servicio religioso.

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