Soto agregó que ese primer paquete corresponde a normas básicas para instituir las entidades de microfinanzas.
El primer reglamento regula, en el capítulo tercero, quiénes no podrán solicitar autorización para compra de acciones.
El primer grupo lo forman personas que pertenezcan a la JM, SIB o Banco de Guatemala, así como menores de edad, insolventes o directores de otras entidades de microfinanzas.
Las personas que no puedan acreditar el origen de su capital tampoco podrían comprar acciones, así como los interesados que necesiten respaldo financiero para comprarlas.
De igual manera se tomará en cuenta la seriedad y honorabilidad del interesado que haya sido acusado en un proceso legal, porque esto daña la imagen de la entidad financiera y podría provocar retiro de recursos.
Agregó Soto que un segundo grupo de reglamentos que saldrá en el corto plazo son las normas de adecuación, mientras que un tercero que se publicará en largo plazo, regulará lo relacionado con el riesgo.
Camino está trazado
Reynold Walter, presidente del Consejo Nacional de Microfinanzas (Conamif), aseguró que con la publicación de los primeros reglamentos “el camino ya está trazado”.
Agregó que con esto empieza el proceso para constituir entidades de microfinanzas desde una base muy parecida a la Ley de Bancos y Grupos Financieros.
Walter agregó que la certeza jurídica en el ámbito nacional para el sector será uno de los principales beneficios,
A nivel internacional, Walter explicó que será positivo para el país, porque los “fondeadores” ven con buenos ojos el trabajar en un mercado regulado.
Subrayó que los países en donde existe un marco regulatorio para microfinanzas son mejor calificados a nivel internacional.