Esto se debe a algunos tratados de libre comercio que ambos países tienen compromiso y se debe esperar a que algunos aranceles lleguen a cero.
Por ejemplo, Lacs comentó que no se puede dar libre circulación a productos donde no se tiene el mismo arancel, por ejemplo, no se puede dejar de cobrar por ley un producto que viene de Canadá y que trata de pasar por Honduras a Guatemala.
“Nuestra ley obliga cobrar el arancel al producto canadiense y ese producto tendrá que continuar ingresando por una DUA (Declaración Única Aduanera) que es el documento de declaración único, no podrá pasar con FYDUCA (Factura y Declaración Única Centroamericana) y tampoco con FAUCA (Formulario Aduanero Único Centroamericano), porque nosotros no tenemos un tratado de libre comercio con Canadá y no tenemos armonizado el arancel”.
El funcionario agregó que se armonizó con aquellos países con los que tenemos tratados como Taiwán, “se hicieron algunas consideraciones y eso ya se compaginó”.
“Por lo anterior, la lista transitoria de productos que no gozan de libre circulación es bastante larga, en tanto no lleguen al mismo arancel con los países, también hay una pequeña lista de productos que se excluyeron y para ello se estableció un criterio”, dijo Lacs.
La Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) reiteró a través de su departamento de comunicación que el listado de productos exceptuados de la libre circulación ya está definido e Incluye mercancías con condición sanitaria diferenciada para insumos agropecuarios; y mercancías exceptuadas por diferencias arancelarias en los tratados de libre comercio vigentes por los Estados Parte.
La Sieca informó que se está trabajando para efectivamente cumplir con el compromiso, definido por las autoridades de cada país, de implementar la Unión Aduanera a mediados de este año.
Se tiene previsto iniciar con las pruebas piloto de la FYDUCA en abril y mayo, tras haber realizado las pruebas de transmisión -que comprende la validación de la transmisión de un valor monetario de la plataforma informática a la administración tributaria- y las pruebas de funcionalidad -que verifica la funcionalidad integral del sistema-, informó la SIECA.
Según el SIECA se logrará un crecimiento adicional del 1% del PIB anualmente.
El intercambio comercial de ambos países ronda los US$34.184 millones y está conformado por unos 6 mil 500 productos, de ellos, el 97% circulará libremente al entrar en vigor la unión aduanera, según datos oficiales.
Estos son los productos
- Animales vivos: bovino, porcino y gallo o gallina
- Carne bovino; carne, despojos y tocino de porcino; carne de gallo o gallina
- Lácteos, sucedáneos de productos lácteos y helados
- Huevos
- Hortalizas: papas, cebollas y frijol
- Maíz amarillo y maíz blanco
- Arroz y pellets de harina de arroz
- Harina y sémola, de maíz
- Aceites vegetales
- Embutidos y preparaciones de carne
- Preparaciones para la alimentación infantil
- Levaduras madre, vivas
- Jugos y néctares
- Cerveza
- Vino de uva
- Bebidas Fermentadas
- Alcohol etílico
- Aguardientes y demás bebidas espirituosas
- Alimentos para perros y gatos
- Tabaco y sus productos
- Cemento
- Gasolina de aviación
- Las demás gasolinas
- Nafta
- Keroseno Avjet turbo fuel
- Los demás kerosenos excepto el Avjet turbo fuel
- Diesel oil
- Gas oil No. 6 (Bunker C)
- Gas natural
- Gas Propano (LPG)
- Gas Butano
- Únicamente etileno, propileno
- Medicamentos para uso humano y veterinario
- Productos laminados planos de los demás aceros aleados
- Los demás productos de construcción y sus partes de hierro y acero
- Las demás barras, simplemente laminadas extruidas en caliente
- Perfiles de los demás acero aleados
- Tractores
- Vehículos de para transporte de 10 o más personas
- Vehículos de turismo y transporte de personas, incluidos los de tipo familiar
- Vehículo para Transporte de Mercancía
- Vehículos para usos especiales
- Chasis de vehículos
- Partes de vehículos
- Carretillas
- Motocicletas y Tricimotos
- Bicicletas
- Partes de motocicletas y bicicletas
- Calzado usado; ropa y demás prendería, usada
- Láminas cincadas de hierro o acero, de anchura superior o igual a 600 mm
- Laminas revestidas de aluminio y cinc
- Laminas revestidas de aluminio y cinc, pintadas
- Láminas cincadas de hierro o acero, de anchura inferior a 600 mm
- Alambron con muesca
- Barras de hierro con muesca
- Las demás barras de acero
- Las demás barras de hierro o acero acabadas en frio
- Las demás barras de hierro o acero sin alear
- Abonos (fertilizantes)
- Llantas recauchutadas o usadas