El Tribunal de Apelaciones del Noveno Distrito determinó que el mandatario “excedió el alcance de su autoridad” al firmar el 6 de marzo su orden ejecutiva sobre inmigración y, por ello, decidió mantener bloqueadas las partes más importantes del decreto.
El veto migratorio de Trump ya se encuentra en el Tribunal Supremo después de que el Tribunal de Apelaciones del Cuarto Distrito, con sede en Richmond (Virginia), fallara en su contra el pasado 25 de mayo.
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Por tanto, el fallo del tribunal de Apelaciones del Noveno Distrito refuerza los argumentos de los opositores a la medida y pone una mayor presión sobre el Tribunal Supremo, que aún no ha decidido si admitirá a tramite el caso.
En su fallo, los jueces del Tribunal de Apelaciones del Noveno Distrito avalaron el bloqueo al veto que impuso previamente un juez de Hawái al considerar que el mandatario abusó de su poder y no probó de manera suficiente que su orden ejecutiva estaba destinada a proteger a EE. UU., supuestamente al frenar el terrorismo yihadista.
“Concluimos que el presidente, al emitir esta orden, excedió el alcance de la autoridad delegada en él por el Congreso”, añaden los jueces del Tribunal de Apelaciones del Noveno Distrito, con su sede central en San Francisco (California) , aunque con delegaciones en diferentes ciudades, como Seattle (Washington).
Aunque fallaron en contra del veto de Trump, los jueces del Noveno Distrito decidieron mantener bloqueadas algunas partes de la orden ejecutiva y determinaron que el juez de Hawái, que suspendió previamente la orden ejecutiva, actuó de manera incorrecta al bloquear toda la iniciativa.
El bloqueo, sin embargo, se mantiene sobre las partes esenciales de la orden, que son las que anulan durante 120 días el programa de acogida a refugiados y prohíben durante 90 la entrada a territorio estadounidense de ciudadanos de seis países de mayoría musulmana (Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia) .
“La inmigración, incluso, para un presidente no es un espectáculo individual. La autoridad del presidente está sujeta a ciertas restricciones estatutarias y constitucionales”.
Los jueces citan en su fallo algunos de los mensajes que escribió Trump en la red social Twitter tras los ataques del pasado 3 de junio en Londres, en los que murieron ocho personas.
En concreto, los magistrados citan el mensaje en el que Trump insiste en usar la palabra “prohibición” para describir su veto migratorio, a pesar de que su equipo de comunicación ha tratado de usar cualquier otro término para describir la medida.
Los jueces han usado en repetidas ocasiones las propias palabras del presidente para fallar en contra de la segunda y la primera versión del veto migratorio, proclamada el 27 de mayo.
“La gente, los abogados y las cortes lo pueden llamar como quiera, pero yo lo estoy llamándolo por lo que necesitamos y por lo que es, una PROHIBICIÓN DE VIAJES”, subrayó entonces Trump en Twitter.
El segundo decreto, a diferencia del anterior, dejaba fuera a los ciudadanos de Irak y modificaba la provisión sobre los refugiados sirios al prohibir su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original.