CATALEJO

Resoluciones abren paso a la polémica

|

En las últimas dos semanas, varias resoluciones de entidades legales han abierto el paso a la polémica. La Corte Suprema de Justicia (CSJ) paralizó la mina San Rafael, de Santa Rosa; la Corte de Constitucionalidad había paralizado las actividades de las hidroeléctricas Oxec, en Alta Verapaz, y posteriormente habilitó su funcionamiento, y una sala de apelaciones rechazó la resolución de una jueza, por la cual Sammy Morales Cabrera, hermano del presidente de la República, quedaba libre de la acusación de lavado de dinero. Lo más importante, a mi juicio, es analizar las consecuencias —positivas o negativas— de tales resoluciones en la actividad tanto económica como política del país. Se debe pedir una certeza jurídica, ahora poco clara o inexistente.

Por su notoriedad, el caso del hermano presidencial es el más publicitado. De hecho, no usar influencias a favor tampoco debería causar tanta sorpresa, porque es una consecuencia natural de la plausible decisión de Jimmy Morales para no favorecer a su hijo y a quien ahora recibió ese revés legal a causa de haber tratado de politizar el asunto. Lo hizo por medio de la petición de hacer a un lado a la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, pues la tarea de esa entidad internacional cubre casos como ese, aunque dentro de la lógica nacional pueda caber la interpretación de ser un hecho de menor cuantía económica. El primer mandatario no puede ser criticado por su decisión, tomada aun cuando sea el resultado de presiones ajenas o de una convicción personal.

Los otros dos casos dan motivo a posibles discusiones. El Estado guatemalteco ha pasado 25 años sin normar las consultas relacionadas con la aplicación del convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, respecto a los pueblos indígenas y tribales. La responsabilidad es estatal y de los gobiernos, partidos políticos y Congresos, porque de manera irresponsable dejaron dormir el asunto para no abrir la puerta a discusiones. Por aparte, las entidades autodenominadas defensoras de las etnias o de los derechos humanos, pero con la finalidad directa o indirecta de causar conflictos de cualquier índole, tampoco se han molestado en exigir la reglamentación mencionada, lo cual puede considerarse fácilmente como un plan para justificar tal acción fuera del país.

La CSJ, en su decisión de revocar el amparo contra la minera San Rafael, ayuda en mucho a quienes deben hacer la reglamentación, al indicarles el camino a seguir: ordena al ministro de Energía y Minas, realizar en un plazo de doce meses la consulta faltante, tiempo durante el cual las hidroeléctricas podrán seguir en operación. Si esto no es posible a causa de acciones de la empresa, el permiso de operar será renovado, y si hay culpabilidad de los pueblos indígenas, los proyectos podrán continuar en operaciones. Estas normas aplican a este y otros proyectos similares en los cuales se deba hacer las consultas, las cuales deben ser previas, pero no con la finalidad de prohibición, sino de información mutua de las partes involucradas. Es la primera normativa señalada por alguna de las entidades estatales encargadas del asunto.

La discusión acerca de los alcances del Convenio 169 comenzaron desde 1992, y se mencionaron las dudas sobre sus posibles efectos en la unidad del Estado guatemalteco y la necesidad de definir el significado de palabras como territorios, tierras, pueblos y poblaciones. Un pueblo asentado en un territorio solo necesita organización política para convertirse en Estado. La situación actual del país obliga a definir el alcance del 169, porque es una de las pocas formas de diluir el impacto político y económico derivado de la duda de los inversionistas internacionales en la certeza jurídica del país. Las decisiones de las entidades legales mencionadas deben ser consideradas como el inicio del fin de los conflictos de cualquier tipo derivados de inversiones en temas controversiales.

ESCRITO POR:

Mario Antonio Sandoval

Periodista desde 1966. Presidente de Guatevisión. Catedrático de Ética y de Redacción Periodística en las universidades Landívar, San Carlos de Guatemala y Francisco Marroquín. Exdirector de la Academia Guatemalteca de la Lengua.