El portavoz aseveró que la decisión se tomó para evitar malos entendidos y que el Ejército deberá proceder como corresponde.
Al ser consultado si ya no recibirá el dinero de dicho bono de responsabilidad el portavoz aseguró que es el Ejército el que debe determinar ese extremo.
El director del Departamento de Prensa del Ejército, Óscar Pérez, confirmó que ya recibieron el dinero del presidente.
Pérez informó que se está haciendo el trámite ante el Ministerio de Finanzas Públicas para anular los códigos únicos de registro para realizar el depósito y remitir el expediente a la CGC.
Notificación
Ayer la Contraloría General de Cuentas notificó a la Secretaria Privada de la Presidencia, que el Presidente debía devolver el dinero que el Ejército le otorgó por un bono de responsabilidad al argumentar que un subalterno no puede beneficiar a su jefe.
Carlos Mencos, jefe de la Contraloría, indicó que se notificó un informe provisional de cargos para que Morales devuelva los fondos.
“Es provisional, él —Jimmy Morales— tiene dos opciones: una es contestar y presentar sus argumentos y la otra es devolver los recursos otorgados”, explicó Mencos.
El contralor indicó que no se le notificó al Mindef que debe suspender el pago, debido a que la Contraloría no tiene la potestad de declarar lesivo o nulo un acuerdo ministerial o gubernativo.
“Lo que estamos haciendo es una acción y si se produce el reintegro, automáticamente se debe suspender el pago. Nosotros no tenemos ninguna capacidad legal de declarar lesivo o nulo un acuerdo, lo que estamos haciendo es el debido proceso. No podemos acelerar el paso, porque debemos hacer el trabajo responsable”, dijo Mencos.
- Lea en detalle el informe de la Contraloría
La Contraloría aún no cuenta con información sobre el alcance del acuerdo ministerial porque desconocen la nómina del Ejército.
Expertos consideran que Morales debe devolver el dinero, al señalar que el renglón presupuestario es para la nómina permanente o presupuestada, y él no forma parte de la planilla del Mindef.
El renglón 015 del Manual de Clasificación Presupuestaria, señala que los complementos específicos al personal permanente corresponden a la remuneración adicional al sueldo base del personal permanente, por bonos específicos, derivados de la emisión de decretos, acuerdos, suscripción de pactos colectivos de condiciones de trabajo y otras disposiciones legales a burócratas.