Guatemala

Piden antejuicio contra 107 diputados del Pacto de Corruptos

La Alianza por las Reformas presentó ante la Corte Suprema de Justicia una petición para retirarle la inmunidad a los diputados que aprobaron cambios al Código Penal.

Son 107 diputados los que aprobaron las reformas al Código Penal. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Son 107 diputados los que aprobaron las reformas al Código Penal. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)

Los antejuicios fueron planteados por el abogado de la agrupación Elvin Díaz, y pide que se realicen las pesquisas para retirarles la inmunidad.


La petición se da luego de que los congresistas aprobaran los decretos 14 y 15 2017, que contenían las reformas al delito de financiamiento electoral y sobre la conmutación de penas.

En el expediente los grupos explican que los parlamentarios habrían cometido los delitos de resoluciones violatorias a la constitución y obstrucción a la justicia.

Piden que se eleve el expediente a la Corte Suprema en los primeros tres días hábiles desde su recepción, para que los magistrados de ese organismo le den trámite y nombren juez pesquisidor.

La Alianza es integrada por varias organizaciones y colectivos sociales que mantienen permanente vigilancia de las actuaciones de los políticos del país.

Según el abogado que los representa, aunque la Corte de Constitucionalidad emitió un amparo que detuvo los cambios que el Congreso había hecho, si se analiza la resolución se muestra que los diputados pusieron en riesgo el orden democrático y jurídico. “Por eso creemos que hay elementos para juzgarlos por esos dos delitos”, enfatizó Díaz.

El pacto

El primer cambio al Código Penal que los diputados acordaron fue la modificación del delito de financiamiento electoral, el cual fue divido en tres partes, financiamiento electoral, no registrado y anónimo.


Con el primero determinaron que comete el delito el que reciba o proporcione recursos para el financiamiento de organización política (…), a sabiendas de que provienen de aportes del narcotráfico u otras actividades delictivas.

En el segundo estipularon que el contador del partido político es el responsable del delito al saber de los recursos y no registrarlos o reportarlos.

Mientras que en el anónimo el delito lo comete quien realice aportaciones dinerarias de forma anónima.

Además, reformaron el artículo 50 que se refiere a la conmutación de penas privativas de libertad. En este estipularon que lo delitos que no excedan de 10 años serán conmutables.

En el 51, sobre los delitos inconmutables, eliminaron el inciso que indicaba que son inconmutables todos los delitos contenidos en otras leyes.

Con estos últimos dos artículos daban la posibilidad a que unos 400 delitos fueran exentos de cárcel, entre ellos extorsión, homicidios, asociación ilícita y otros.

Todas las modificaciones fueron revertidas el 15 de septiembre, bajo presión de diversos sectores y la ciudadanía.

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