Además de respaldar las denuncias y resguardar la integridad y la dignidad de las que se atreven a romper el silencio públicamente, estos movimientos han contribuido a generar una conversación social sobre los hechos de violencia contra las mujeres y niñas, que alcanzan proporciones pandémicas en la actualidad. Sin importar los lugares geográficos, la edad, o la clase socioeconómica, un tercio de las mujeres y las niñas de todo el mundo sufren violencia. A medida que sus historias salen a la luz, garantizar su acceso a la justicia es esencial para asegurar que los actos de violencia que han sufrido no permanezcan impunes y que sus casos no se repitan.
La justicia es la base para la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. Como lo indica la Recomendación General No. 33 de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) sobre el acceso de las mujeres a la justicia, el potencial emancipador de la ley se libera y se escala a partir del acceso igualitario de las mujeres a la justicia. Actualmente, muchas mujeres a escala mundial continúan sufriendo una doble violación de sus derechos: por una parte, cuando se ven sometidas a la violencia, y, por otra, cuando buscan y no encuentran los servicios y la justicia pronta y efectiva.
Guatemala es uno de los países pioneros de la región latinoamericana en el establecimiento de mecanismos institucionales para el abordaje del femicidio y otras formas de violencia contra las mujeres, como lo son los Órganos Jurisdiccionales Especializados en Femicidio, otras formas de Violencia contra la Mujer, Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, que, tras ocho años de existencia, nos permiten hacer un balance de lecciones aprendidas y retos pendientes para garantizar el acceso de las mujeres a la justicia.
La justicia especializada
El movimiento de mujeres, en conjunto con entidades estatales y un grupo de diputadas impulsoras, promovieron exitosamente la adopción de una serie de leyes para el avance de los derechos de las mujeres y niñas. En el 2008, el Congreso aprobó la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra las Mujeres, que además de tipificar los delitos de femicidio, violencia física, sexual, psicológica y violencia económica, ha permitido a Guatemala contar con un instrumento alineado a los estándares internacionales y regionales de derechos humanos para dar respuesta a los casos de violencia contra las mujeres que ocurren a diario en el país.
La aplicación de la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra las Mujeres ha derivado en la creación de los Órganos Jurisdiccionales Especializados en Femicidio, otras formas de Violencia contra la Mujer, Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. Estos son la principal herramienta del Organismo Judicial para asegurar que las mujeres que sufren alguna forma de violencia encuentren una respuesta por parte del Estado. Actualmente la Corte Suprema de Justicia ha priorizado las instalación de juzgados especializados en todos los departamentos del país.
La Corte Suprema de Justicia creó los primeros juzgados especializados en 2010, en los Departamentos de Guatemala, Quetzaltenango y Chiquimula. Fueron creados para ofrecer una atención integral especializada que permita la gestión efectiva de los delitos desde un enfoque de derechos humanos e igualdad de género.
En los últimos años, el Organismo Judicial ha expandido la cobertura a Huehuetenango y Alta Verapaz en el 2012 y, entre el 2013 y 2014, a Escuintla, Izabal, Petén, Sololá, San Marcos y Quiché y entre el 2016 y 2019 en Chimaltenango, Suchitepéquez y Jutiapa. En el 2016 fueron ampliadas las competencias de los juzgados y tribunales especializados para conocer delitos de violencia sexual, explotación y trata de personas contenidos en la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas.
El diseño y conformación de la justicia especializada en Guatemala integra medidas pertinentes para garantizar los derechos de las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia durante todo el proceso penal, brindándoles una atención integral, la prevención de factores de riesgo en el proceso y el fortalecimiento de las instituciones para que puedan proporcionar una respuesta efectiva a los casos de violencia.
Al operar dentro de una cultura que normaliza la violencia contra las mujeres, cada uno de estos elementos resulta de suma importancia para que las juzgados y tribunales establezcan e institucionalicen procedimientos y mecanismos que garanticen que en los actos y diligencias procesales se evite exponer de manera innecesaria la identidad, integridad física y psicológica de las mujeres víctima y sobrevivientes.
Enfoque centrado en las mujeres sobrevivientes de violencia
El número de mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia que necesitan atención por parte de los juzgados y tribunales es uno de los principales desafíos de la justicia especializada. La violencia contra las mujeres es, desde hace varios años, el delito más denunciado en el país. Tan solo entre enero y septiembre del presente año, se recibieron 40 mil 739 denuncias por violencia contra las mujeres en el Ministerio Público, – unas 112 por día.
Atender cada uno de estos casos requiere, entre otros, de una alta responsabilidad, la especialización en perspectiva de género y derechos de las mujeres de profesionales de diversas disciplinas como derecho, psicología, trabajo social, pedagogía y andragogía; el monitoreo regular de los avances y los retos; la producción de información estadística; la generación de evidencias para la toma de decisiones y la provisión de una atención integral y personalizada a las víctimas en todo tipo de circunstancia, considerando su edad, identidad, cultura, pertenencia étnica, origen, y condición socioeconómica.
En los últimos años la cultura de denuncia ha aumentado, debido, entre otros factores, al cambio gradual de mentalidad y concientización social que ha contribuido a romper poco a poco con los esquemas patriarcales, motivando a más mujeres a contar sus historias, salir del círculo de la violencia y buscar justicia. El incremento de las denuncias también se genera al abordar los particulares obstáculos que las mujeres encuentran para acceder de manera igualitaria al sistema de justicia, lo que resulta en mayor confianza en el mismo.
Las mujeres son el centro de la acción de los Órganos Especializados. Una de las características clave de los Órganos Especializados es que cuentan con un Sistema de Atención Integral a Víctimas de Violencia (SAI), que busca facilitar el empoderamiento de las personas en el ejercicio de sus derechos y que su actuar durante el proceso judicial en sí, sea un medio para sentirse resarcidas del daño y perjuicio sufrido y a partir de la experiencia de ocho años, se reconoce que la atención victimológica debiese trascender el proceso de judicialización y entregarse de manera coordinada entre todas las instancias estatales responsables de apoyar a las sobrevivientes a continuar propositivamente con su proyecto de vida, como parte de la reparación transformadora.
Dentro de las competencias del SAI está el estudio de cada caso en particular y ofrecer medidas pertinentes de seguridad para la protección de las víctimas.
Debido a su condición de vulnerabilidad, se hace difícil evitar que la víctima entre de nuevo en el ciclo de violencia, porque viven en aislamiento, inseguridad e indefensión ante los riesgos, traumas o presiones por parte del agresor, por lo que se establecen medidas de seguridad para su protección su integridad. Esta también es una de las competencias del Sistema de Atención Integral, que frecuentemente ordena medidas como: que el presunto agresor salga inmediatamente de la residencia común, o se abstenga de interferir en la guarda y crianza de los hijos e hijas; prohibirle perturbar o intimidar a cualquier miembro del grupo familiar; acceder al domicilio; u otorgar a la persona agredida el uso exclusivo del menaje de casa.
Estas medidas también han mostrado un importante aumento. Entre 2011 y 2018 se dictaron 428 mil 383 medidas de seguridad en todos los juzgados de paz en donde existe justicia especializada, mostrando un repunte en 2014, cuando se amplía la cobertura de los órganos especializados y se fortalecieron las capacidades del personal a cargo. El enfoque centrado en las víctimas y sus necesidades es determinante porque sitúa a las personas al centro del actuar institucional y puede llegar a salvar vidas.
Número creciente de casos
Entre 2010 y 2018, 18 mil 561 casos ingresaron a Órganos Jurisdiccionales Especializados en femicidio, otras formas de violencia contra la mujer y violencia sexual, de los cuales el 71% corresponde a delitos contenidos en la Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer, y el restante 29%, a delitos contenidos en la Ley de Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas. Estos últimos representan un porcentaje menor porque en muchas ocasiones las víctimas tienen mayores dificultades para denunciar a sus agresores por la presión social y familiar que reciben. En el 72% de los casos los victimarios son miembros de la misma familia, padres, padrastros, tíos, abuelos o hermanos.
En el mismo período, se emitieron 15,784 sentencias en juzgados de primera instancia y tribunales de sentencia de justicia especializada, de las cuales el 74% corresponde a delitos de violencia contra la mujer y 26% a delitos de violencia sexual. Si bien existe aún una brecha de casos que permanecen abiertos, es importante resaltar que el mero hecho de que se conozcan en la justicia especializada representa un avance para el sistema de justicia. Además, cabe señalar como algo muy significativo el hecho de que un alto número de casos es llevado a juicio y recibe sentencia, lo cual reduce la impunidad en casos de femicidio, violencia contra las mujeres y violencia sexual.
Reparar el daño y garantizar la no repetición
Con la finalidad de combatir la violencia contra las mujeres, el derecho internacional de los derechos humanos ha establecido un conjunto de normas y estándares para que los Estados tomen medidas para prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones sufridas. Los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos han enfatizado el vínculo entre la discriminación de género, la violencia contra las mujeres y el deber del Estado de facilitar el acceso a recursos judiciales idóneos y efectivos y actuar con la debida diligencia.
Estos principios son orientadores del trabajo de los Órganos Especializados, en tanto el deber de debida diligencia constituye un marco de referencia para analizar las acciones u omisiones de las entidades estatales responsables y evaluar el cumplimiento de sus obligaciones internacionales. Busca garantizar a las sobrevivientes de violencia una oportuna atención y mecanismos certeros de naturaleza judicial y administrativa, así como garantizar la reducción o erradicación de cualquier daño, efecto o posibilidad de riesgo en contra de su integridad sin discriminación de ningún tipo.
El acceso a la justicia constituye un elemento central de esas obligaciones, partiendo del supuesto de que los Estados deben contar con sistemas de justicia que aseguren a las mujeres víctimas de la violencia el acceso a los mecanismos de justicia penal y restaurativa. Guatemala ha sido pionera en el trabajo orientado a la restitución del daño, sino a garantizar la reparación transformadora, un concepto que busca no sólo reparar los daños que han sido cometidos y garantizar la no repetición sino, además, producir cambios en la vida y el entorno de las sobrevivientes para que las circunstancias que llevaron a cometer el hecho cesen de existir.
En otras palabras, la reparación transformadora de la violencia contra las mujeres, tanto en situaciones de conflicto como en el postconflicto, tiene como último fin el alcance de la igualdad y el pleno reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres, para convertirlos en una realidad vivida cotidianamente. Es, al mismo tiempo, acción y prevención, individual y colectiva, restitutiva de derechos y de acceso al disfrute de los mismos, reivindicativa y sanadora, al concentrarse en no reforzar los patrones preexistentes de discriminación para transformarlos en patrones incluyentes que reconocen la igualdad entre mujeres y hombres.
Los Órganos Especializados han fortalecido la aplicación de los derechos humanos de las mujeres y la perspectiva de género en la administración de la justicia siguiendo estos principios, lo que ha permitido facilitar las condiciones para las víctimas durante los procesos judiciales. Sin embargo, es necesario ampliar la cobertura de la Justicia Especializada a todos los departamentos de la República, dotando a los Órganos Jurisdiccionales de recurso humano idóneo y especializado. Esto requiere compromisos políticos y económicos importantes, además de fortalecer el capital humano disponible. El camino recorrido por el Organismo Judicial es un avance importante en la atención digna y la respuesta efectiva para las mujeres que acuden en búsqueda de la justicia. Continuar esos esfuerzos es crucial para eliminar la violencia contra las mujeres y niñas guatemaltecas.
*Representante de ONU Mujeres en Guatemala