A esa sanción “se le rebajará el 75%, cuando el contribuyente realice el pago del Impuesto sin previo requerimiento de la SAT. Según el artículo 31 de la Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos”.
La mora empieza a correr al vencerse el impuesto de cada año, sin embargo funcionarios de la SAT informaron que se puede hacer descuento o rebaja del 75% de la multa a aquellos contribuyentes que no hayan cancelado más de tres años pero sí tendrá que pagar intereses y mora. Vea el listado de morosos de la SAT.
Esa rebaja está estipulada en el Código Tributario, y puede aplicarse siempre y cuando se presenten a la SAT de manera voluntaria para pagar.
Para efectuarlo debe llenar formulario SAT-4091 en el portal de declaraguate.gt
Abel Cruz, Superintendente de la SAT, dijo que al vencerse el impuesto del 2018 podría inhabilitarse 85 mil vehículos más, que acumularían tres años vencidos, pero espera que se pogan al día durante el resto del mes aprovechando el pago del bono 14.
En mayo pasado se había inhabilitado alrededor de 305 mil vehículos que ya estaban atrasados en los impuestos del 2017 hacia atrás, que corresponden a unos 240 mil contribuyentes, y algunos ya se empezaron a poner al día.
Al vencerse el impuesto del 2018 podría inhabilitarse a 85 mil vehículos más, que acumularían tres años vencidos agregó Cruz.
Para volver a habilitar un vehículo el contribuyente debe presentarese a las oficinas de la SAT con la constancia de propiedad, deben pagar sus tributos y se le vuelve habilitar el vehículo.
Cómo pagar el impuesto de circulación
- El ISCV debe pagarse el Impuesto Sobre Circulación de Vehículos del 1 de enero al 31 de Julio de cada año, sin multas.
- Luego de ese plazo el contribuyente deberá pagar multa del 100% sobre el ISCV del impuesto correspondiente al 2018.
- Además los vehículos que a esa fecha completen tres o más períodos de morosidad de ese impuesto serán inhabilitados por la SAT.
- El contribuyente puede consultar el monto que debe pagar de impuesto en el portal de la SAT.
- Dicho tributo se paga con el formulario Declaraguate SAT-4091 llamado Vehículos Circulación.
- El Contribuyente debe generar la Boleta SAT-2000 y posteriormente pagarla en un banco ya sea en ventanillas o en servicio en línea si la entidad bancaria brinda esa opción.
- Antes de realizar el pago del ISCV debe estar solvente de las infracciones de tránsito.
- Algunas entidades bancarias piden al contribuyente el boleto de ornato, y otras la tarjeta de circulación.
Si no paga en la fecha establecida, a parte de las multas e intereses que cobra la SAT, el usuario podría ser multado por la diferentes policías municipales de tránsito por no contar con el distintivo vigente del ISCV correspondiente al 2018, a partir del 1 de agosto. Esa multa es de Q500 indicó Cruz.
¿Cuántos vehículos hay?
- El parque vehicular es de 3 millones 380 452 vehículos registrados en la SAT a mayo del 2018
- El 50% se ubica en el área central como Guatemala, Sacatepéquez, Chimaltenango y El Progreso
- Al 30 de junio del 2018 se había pagado el impuesto correspondiente al 2018 el 43% del parque vehicular.
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