Economía

Sociedades de Emprendimiento: Estos son los 3 errores más comunes que reporta el Registro Mercantil

Falta de validación del negocio, poco innovador y solicitar el registro en etapas tempranas, son las tres mayores fallas que cometen los emprendedores al ingresar una solicitud para la inscripción de Sociedades de Emprendimiento (SE), según datos que compartió el Registro Mercantil.

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El potencial emprendedor en Guatemala es catalogado como uno de los más altos del mundo, sin embargo el 70% establece un negocio propio por urgencia de ingresos y muchos no logran escalar. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

A la fecha se han inscrito 24 Sociedades de Emprendimiento (SE) a partir de que está vigente la inscripción de SE, en el Registro Mercantil.

La entidad ha recibido más de 50 solicitudes, y esperan aumente el número de SE aprobadas.

Julio Aguilar, asesor jurídico del Registro Mercantil explicó los principales errores que cometen los emprendedores al momento de presentar su solicitud:

  • No validar el modelo de negocio.
  • Poca o nula innovación.
  • Ingresar la solicitud de SE en etapas tempranas.

Aguilar comentó que en el Ministerio de Economía se encuentra una persona especializada en innovación que está brindando una guía a los emprendedores y orientarlos si efectivamente cumplen con este aspecto o no para que sea viable la SE.

“Las personas se han acercado y esto ha permitido determinar cuáles sí aplican a una SE o bien se les recomienda que utilicen otras formas de inscribirse como una sociedad mercantil o empresa individual que ya conocemos”, dijo Aguilar.

La mayoría de SE que están inscritas son orientadas en tecnología, pero señaló que no necesariamente deben ser solo tecnológicas, sino que el tema de innovación se refiere a cómo se aplica en cada negocio.

“En las demás áreas del comercio sí es posible innovar, por ejemplo, un emprendimiento tradicional puede determinar cuál es su valor agregado, o algún proceso que sea diferente”, refirió el abogado.

Como primer paso el emprendedor debe explicar al especialista el objetivo del negocio, en qué es diferente, puede ser algún ingrediente, servicio novedoso o un proceso tecnificado.

Luego, se debe lograr encuadrar esa novedad dentro de lo que establece el artículo 9 del reglamento de la Ley de Fortalecimiento del Emprendimiento acerca de los tipos de innovación que pueden ser en el producto, en el servicio, en la forma de mercadeo o en la organización.

Atendiendo la innovación como un movimiento a nivel mundial en un país que está iniciando este proceso pueden darse en productos o servicios, pero es muy difícil lograr alcanzar una innovación en la forma de mercadeo o en la organización.

Los emprendedores han tenido que adaptar el objeto —propuesta— de su sociedad para que se les pueda considerar como un proyecto innovador.

Aguilar recomienda a los emprendedores acercarse a los Centros de Emprendimiento de las municipalidades, el Ministerio de Economía y las universidades, donde pueden recibir asesoría e identificar si efectivamente cumple con los requisitos de una SE, es decir, si el modelo funciona, la proyección, entre otros aspectos.

La ley establece la definición de innovador cuando se refiere a la estructura o al modelo de negocio.

“Las personas piensan que primero se inscriben como SE y luego prueban si funciona el negocio, y esa no es la idea, es decir, si está en periodo de prueba y error aún no están listos”, afirmó el asesor jurídico.

La idea que tenemos de que todo emprendedor tiene que crear una SE es una idea errónea, porque esta figura surge para aquellos emprendimientos que tienen esa característica de innovación.

“Si es algo tradicional o que ya está en el mercado se puede apoyar, pero a través de otras figuras mercantiles”, recomendó Aguilar.

El tiempo de respuesta a partir que se ingresa la SE en el sistema está llevando en promedio una semana, luego de ese tiempo ya se asigna un número de inscripción y el Número de Identificación Tributaria (NIT).

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