CON OTRA MIRADA

Arquitectura moderna y contemporánea en peligro

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Al inicio de los años 90 un grupo de amigos, profesionales de la arquitectura y la historia que habíamos bregado por la conservación del patrimonio cultural de la Nación desde distintas instancias, propusimos a la municipalidad capitalina la necesidad de crear una estructura administrativa para la conservación, restauración y desarrollo del área fundacional de la ciudad. En 1993, durante la gestión del alcalde Óscar Berger Perdomo logramos receptividad, coincidente con un deseo interno de su administración. Se crearon el Consejo Consultivo para la Conservación del Centro Histórico de la Ciudad de Guatemala, como grupo asesor del alcalde y del concejo municipal, y el Departamento del Centro Histórico, como dependencia de la Dirección de Urbanismo.

La Municipalidad formalizó convenios interinstitucionales con la Universidad de San Carlos, el Instituto Guatemalteco de Turismo y el Ministerio de Cultura y Deportes, creando la entidad RenaCentro con el presidente del Consejo Consultivo como secretario.

Junto a los primeros trabajos de puesta en valor del área fundacional se formularon instrumentos técnico-legales que darían sustento a las acciones físicas que más adelante se emprenderían a la luz de la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación.

El 13 de agosto de 1998, el Ministerio de Cultura y Deportes hizo la Declaratoria del Centro Histórico de la Ciudad de Guatemala y más adelante, el 2 de agosto de 2000, la Municipalidad aprobó el Reglamento para la Protección y Conservación del Centro Histórico y los Conjuntos Históricos de la Ciudad de Guatemala.

Dentro de esos conjuntos históricos quedó definido el Centro Cívico, por ser la máxima representación del movimiento de Arquitectura Moderna y Contemporánea impulsada por connotados profesionales, algunos ligados a la creación de la primera Facultad de Arquitectura en Centroamérica.

Junto a esa rica expresión urbana, arquitectónica y artística, sus autores produjeron obra privada inspirada en los principios esgrimidos durante el VIII Congreso Internacional de Arquitectura Moderna (CIAM) —Hoddesdon, Inglaterra 1951—, en cuanto a integrar pintura y escultura a la arquitectura. De ahí que edificios y casas de entonces tengan obra de los artistas que participaron en el Centro Cívico.

A pesar del marco legal vigente y los criterios de salvaguarda acordados internacionalmente, el Ministerio de Cultura y Deportes no ha desarrollado la normativa para proteger el patrimonio cultural moderno y contemporáneo. Razón por la que vemos cómo se destruyen valiosas casas, víctimas de la especulación del valor y cambio de uso del suelo.

Un caso de demolición que está por consumarse es la casa de la familia Picciotto (13 calle 7-46 de la zona 9), obra del arquitecto Carlos Haeussler Uribio. Tiene dos murales de Carlos Mérida realizados en mosaico veneciano. Uno al frente, visible desde la calle, y otro en el área social, junto a un vitral del mismo autor, documentado con la correspondencia entre el propietario y el Maestro. El inmueble fue adquirido por la Universidad San Pablo.

El Instituto de Antropología e Historia está obligado a fijar el valor cultural de esa propiedad, a fin de determinar si puede o no ser demolida; en cuyo caso el rescate de los murales y demás obra de arte incorporada deberá ser prioritario, así como su puesta en valor.

Llega un momento en la historia de las ciudades, cuando las obras de arte privadas adquieren carta de ciudadanía y pasan a ser consideradas patrimonio de todos, cuyo valor debe ser expuesto para gozo de sus habitantes y usuarios, en este caso, de la Nueva Guatemala de la Asunción.

jmmaganajuarez@gmail.com

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