Economía

Asalariados tienen hasta el 15 de enero para presentar planilla del IVA a la SAT

La fecha límite para que los trabajadores en relación de dependencia entreguen la Planilla de Crédito por el impuesto al valor agregado (IVA) es el 15 de enero del 2020, informó la SAT.

La mayoría de planillas deben ser enviadas de forma electrónica por medio del portal de la SAT según disposiciones de esa entidad. Sin embargo quienes no superan los Q5 mil de IVA pueden entregarla de forma impresa. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La mayoría de planillas deben ser enviadas de forma electrónica por medio del portal de la SAT según disposiciones de esa entidad. Sin embargo quienes no superan los Q5 mil de IVA pueden entregarla de forma impresa. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

La entidad prevé recibir 55 mil planillas por los gastos correspondientes al año fiscal 2019. El 99% es enviada por los trabajadores asalariados de forma digital, agregó la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

 

Para los trabajadores que decidan presentar planilla es obligatorio que lo hagan de forma electrónica por el sitio de la SAT www.sat.gob.gt   si el IVA reportado es de Q5 mil en adelante según la resolución de Directorio de la SAT 840-2010.

Para llegar a ese monto el total de compras reportadas equivale a Q46 mil 666.66.

Según las reformas que cobraron vigencia en el 2013 desde ese año en adelante el IVA no se rebaja directamente del impuesto sobre la renta (ISR) sino que se toma como un gasto deducible que, dependiendo del monto reportado de gastos, puede llegar a representar hasta Q600.

Desde diciembre la entidad puso a disposición de los contribuyentes las plataformas para poder ingresar datos, generar, imprimir y enviar la planilla, así como el formulario de Asiste Web 1111.

A finales del diciembre pasado la entidad había recibido 792, por Q7.7 millones.  En el 2018 se reportaron 53 mil 069 planillas por un crédito fiscal de Q400 millones.

Detalles y procedimientos

Tome en cuenta que “no puede utilizar el Generador de la Planilla de IVA del período 2018” por lo que debe ingresar al portal SAT y descargar el generador de la planilla correspondiente para el período 2019.

  • Se debe descargar la Herramienta PlanIVA en el portal de la SAT.
  • Debe percatarse que sea la versión 1.2.7 ya que si no usa la versión correcta no podrá transmitir la planilla por medio del portal SAT.
  • En los procedimientos de uso la SAT informa que al archivo que crea el Generador de la Planilla del IVA no se le deben modificar datos ya que al hacerlo tampoco podrá transmitirlo por medio del portal de esa entidad.

Tome en cuenta que si usa PlanIVA versión 1.2.6 debe actualizar la versión. Para ello descargue el archivo que ofrece la SAT y grábelo, luego cierre la herramienta PlanIVA y posteriormente ejecute la “ActualizacionPlaniva127”, se explica en la página electrónica de ese ente.

Agrega que si el sistema operativo que posee es Windows Vista o Windows 7, el proceso de actualización es diferente. Previo a realizar la actualización debe ubicar la base de datos. Para ello esa entidad pone a disposición del contribuyente un manual del usuario.

Si tiene una versión de años anteriores a la usada el año pasado, debe actualizarla una a una hasta llegar a la más actualizada.

Facturas y gastos

Al llenar la planilla también preste atención a estas disposiciones:

  • Factura de pequeño contribuyente: No generan derecho a crédito del IVA. Por lo que no las debe incluir en la planilla. Si tiene dudas de qué tipo de facturas se trata puede validarlas en este sitio.
  • Catálogos de gastos: En el menú de catálogos de gastos hay detalles para identificar los combustibles. La SAT explica que este tipo de gasto no puede ser modificado ni eliminado para permitir que la herramienta realice el cálculo del Impuesto a la Distribución de Petróleo y sus derivados, ya que sobre este no se paga IVA.

Si agrega algún tipo de gasto similar a los indicados, la herramienta no realizará el cálculo del Impuesto a la Distribución de Petróleo y sus derivados.

Entre la clasificación aparecen: Gasolina superior y gasolina regular, también gasolina de Aviación, diésel y gas oil, kerosina (DPK), kerosina para motores de reacción, además de nafta, gas licuado de petróleo (gas propano, butano, metano y similares) a granel y en carburación.

El plazo de vencimiento para entregar la planilla del IVA a la SAT es en los primeros 10 días hábiles de enero de cada año. En el 2020 será el 15 de enero. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

Presente su planilla

Antes de realizar la transmisión de la planilla a través del portal SAT, debe generar un archivo en la herramienta “Generador Planilla IVA”, el cual le permitirá varias acciones como:

  • Ubicar con mayor facilidad la base de datos con información grabada para el período 2019, según el sistema operativo (Windows XP, Vista, 7, 8, etc.).
  • Realizar la corrección automática si en su planilla ingresó caracteres que no corresponden, en los campos: serie, número de documento o valor de factura.
  • De estar conectado a internet, acceso directo al portal SAT para realizar la transmisión del archivo.

El archivo que deberá transmitir por medio del portal SAT es el que se crea con esa herramienta, pero no se debe transmitir la base de datos IVA.mdb creada por la herramienta PlanIVA.

En el portal de ese ente tendrá la opción de Recepción de Planillas 2019, para poder enviar el documento. También le permitirá imprimir la Notificación Electrónica de Recepción de Planilla por IVA pagado, la cual deberá entregar al patrono. Esta notificación es la constancia del trabajador de que presentó la planilla en la Administración Tributaria.

Patrono puede verificación envío electrónico

Los patronos pueden verificar la autenticidad de la notificación que le entregan los trabajadores. Para ello hay una opción llamada Consulta Verificación del Envío Electrónico Planilla del IVA período 2019.

Esta opción también sirve para los contribuyentes que requieran una reimpresión de esa notificación.

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