POR LA LIBERTAD

Aportes constitucionales

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Ha surgido una polémica sobre la forma de calcular los ingresos de los aportes constitucionales. De acuerdo con Carlos Barreda, de la UNE, la Corte de Constitucionalidad (CC) emitió una resolución que debe calcularse sobre el total de ingresos tributarios ordinarios presupuestados “sin deducciones”. Actualmente se calcula con deducciones importantes.

' Si queremos disminuir la pobreza del país debemos eliminar y bajar impuestos, no incrementarlos.

Ramón Parellada Cuadrado

La Constitución establece que del Presupuesto General de Ingresos Ordinarios del Estado debe otorgarse un 10% a las municipalidades del país, 5% a la Usac, 4% al OJ (5% de esto debe ir a la CC), 1.5% al deporte federado, 0.75% al deporte no federado y 0.75% a educación física, recreación y deportes. En total, un 22% de los ingresos ordinarios del presupuesto ya está comprometido.

Desde 1985 a la fecha se ha calculado el monto final descontando Transferencias (donaciones), Reintegros, Ingresos Propios, Ingresos que por Ley tengan destino específico, Recursos originados por la colocación de bonos del tesoro, Devolución de impuestos que no correspondan al Estado (crédito fiscal) y Operaciones contables por fluctuación de moneda que se refleje en el Presupuesto de Ingresos del Estado y los ingresos que tienen destino específico como el IVA Paz, impuesto al petróleo, circulación de vehículos, salida al país, tabaco, bebidas, cemento, cable, y el de regalías e hidrocarburos.

Es lógico, pues, que de los ingresos ordinarios se deduzcan estos aportes que principalmente tienen fines específicos. De lo contrario el gobierno estaría repartiendo un impuesto dos veces, lo cual no es posible. Sin embargo, en una forma irresponsable y populista, el diputado Barreda, delante de un grupo de alcaldes del país, otorgó una entrevista diciendo que debe prácticamente duplicarse el monto real de los aportes, ya que no se debe descontar nada. La Corte de Constitucionalidad debe emitir una aclaración al respecto.

¿Qué pasaría si la Corte insiste en que se debe calcular el monto del total sin deducciones? Habría un problema grave para el gobierno, puesto que esa diferencia debe sumar aproximadamente Q6,500 millones más para cubrir esos aportes constitucionales y no están presupuestados. Al no estar presupuestados, algunos consideran que podría solucionarse el problema con deuda, y otros con impuestos. Yo considero que ni uno ni el otro, la solución sería contención del gasto y austeridad.

La deuda no es factible, ya que iría para gastos de funcionamiento. Pero supongamos que se endeuda el país. Ya hemos topado el nivel de endeudamiento del país. De acuerdo con el gobierno, el nivel de deuda era, en 2017, del 25% del PIB, pero si le sumamos lo que no contabilizan, que es la deuda al IGSS y al Banco de Guatemala, entonces el nivel subía al 37%. En el presupuesto, el servicio de la deuda y las amortizaciones significan un compromiso anual de más del 15%. La deuda es un impuesto que se impone a las generaciones futuras, la pagarán nuestro hijos y nietos; es una injusticia.

Imponer tributos tampoco funcionaría, ya que, en primer lugar, son recesivos y, en segundo lugar, no entrarían en vigor este año. Esto iría contra el crecimiento económico. Si se busca una mayor actividad económica, lo peor es incrementar impuestos. Si queremos disminuir la pobreza del país debemos eliminar y bajar impuestos, no incrementarlos.

La solución es contener el gasto, eliminar ministerios y secretarías. Y hacer los traslados respectivos. Hay mucho de donde se puede recortar en el gobierno. Lo único que no habría que tocar es Seguridad y Justicia, que es la principal razón de existir del gobierno. Lo demás lo pueden hacer los ciudadanos libre y pacíficamente.

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