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Coronavirus: Gobierno de Guatemala amplía restricciones hasta el 12 de abril

Este domingo 29 de marzo el Gobierno de Guatemala publicó en el Diario de Centro América la ampliación del toque del queda hasta el 12 de abril del presente año, al igual que la suspensión de labores y actividades en el sector público y privado.

El presidente Alejandro Giammattei publicó nuevas disposiciones para prevenir la expansión de covid-19 en Guatemala. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

El presidente Alejandro Giammattei publicó nuevas disposiciones para prevenir la expansión de covid-19 en Guatemala. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca)

En primer lugar deroga las disposiciones del 16 y 21 de marzo del presente año donde se emitieron disposiciones presidenciales en el caso de Calamidad Pública y Órdenes para el Estricto Cumplimiento, las cuales respondieron a la situación que vive el país por el covid-19, pero que a la fecha han variado los datos e información de salud, por lo que se hace necesario actualizar las disposiciones en esta etapa de la pandemia.

Tomando como base el principio rector de la salud social y el de justicia social, se toman las siguientes medidas de observancia general por el bienestar de los habitantes de la República de Guatemala y que son aplicables en todo el territorio.

La medida fue publicada en una edición digital extraordinaria del Diario de Centroamérica (diario oficial), en la que estableció que se mantendrá la restricción al tránsito y circulación de las personas entre las cuatro de la tarde a las cuatro de la mañana del día siguiente.

Estos son los puntos más importantes que resalta el documento publicado en el Diario de Centro América:

  • Ámbito temporal, derogación y vigencia: Las actuales disposiciones son vigentes a partir del lunes 30 de marzo de 2020 a las 0 horas.
  • Cumplimiento obligatorio de las normas de seguridad e higiene ocupacional en todos los ámbitos.
  • Suspensión de actividades laborales en el sector público y privado hasta el domingo 12 de abril de 2020, inclusive, este plazo podría reducirse o ampliarse por disposición presidencial.
  • Continuación de actividades con restricciones, entidades que brindan su servicio ante la situación actual, sin opción de cierre como: Los hospitales, clínicas, centros de salud, servicios de higiene y aseo públicos, transporte de carga, industria farmacéutica, alimentaria y de productos para la salud e higiene personal.
  • Todos los establecimientos comerciales o servicios de cualquier índole o naturaleza deberán estar cerrados por restricciones de salud pública las 24 horas, hay excepciones dentro del horario de 4 a 16 horas como: Los supermercados, abarroterías, servicio a domicilio de restaurantes, hoteles y pensiones con servicio de alimentos a la habitación, bancos, financieras y aseguradoras, entre otros, actividades agrícolas y ganaderas, transporte de ayuda humanitaria. Mercados municipales y cantonales con atención de 4 a 13 horas.
  • Prohibiciones, cierre y suspensión de actividades de toda índole que aglomere personas, continúan cerrados centros comerciales, continúa prohibida la circulación de transporte público urbano y extra urbano, privado a menos que cuenten con el permiso correspondiente.
  • Se establecen restricciones de locomoción a los habitantes de la República de Guatemala entre las 16 horas y 4 horas del día siguiente, vigente del 30 de marzo al 12 de abril, (se puede ampliar o modificar).
  • De la seguridad de la salud social y restricción a la libertad de residencia, que se refiere a las personas que se encuentran en cuarentena en sus hogares y que poseen vigilancia por parte de las autoridades correspondientes.

El documento refiere que los medios de comunicación están obligados a publicar, bajo el estado de calamidad, la normativa oficial que se genere y transmitir las cadenas nacionales.

También, se exhorta para que los patronos y empleados celebren o terminen contratos, según las necesidades, y también hace un llamado al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social para que llegue a acuerdos con patronos para asistir a los afiliados.

Guatemala ha registrado 34 casos positivos contagiados de la enfermedad COVID-19, de los cuales 10 se han recuperado, 1 ha fallecido (un paciente de 85 años de edad) y uno más se encuentra en estado delicado, con pronóstico reservado, como aseguró el sábado el presidente, Alejandro Giammattei.

La disposición gubernamental mantiene el cierre de fronteras y la suspensión de labores públicas y privadas, además del cese del transporte público, aunque admite la continuidad del trabajo para aquellas empresas que notifiquen su decisión, y que además consigan transporte para sus trabajadores.

Solo permite ingresar a territorio nacional a guatemaltecos, residentes permanentes, cuerpo diplomático acreditado y casos “excepcionales debidamente determinados” por las autoridades del Ministerio del Interior.

Durante la primera semana de aplicación del toque de queda nocturno, la Policía Nacional Civil ha detenido a 3.467 personas que han incumplido la orden de permanecer en casa.

*Con información de EFE

ESCRITO POR:

Natiana Gándara

Editora de Economía en Prensa Libre, con más de 15 años de experiencia en medios radiales, televisivos, impresos y digitales.