Esa ayuda se desprende de recién aprobada la Ley de rescate económico a las familias por los efectos causados por el covid-19 que destina Q2 mil millones para el fondo de protección del empleo, el cual es específicamente para trabajadores del sector privado, con ayudas de hasta Q75 por día. Ese fondo estará bajo gestión del Ministerio de Economía.
Esto permite a las empresas poder suspender los contratos individuales de trabajo, pero debe ser informado a la Inspección General de Trabajo. El proceso fue establecido por medio del acuerdo ministerial 140-2020, firmado el 23 de marzo y publicado el 04 de abril del 2020 en el Diario de Centro América.
En la publicación se explica que “se entiende como caso constitutivo de fuerza mayor, el estado de Calamidad Pública decretado por el Presidente de la República”, además señala que es temporal y de aplicación exclusiva mientras persistan las circunstancias y efectos que derivan de la pandemia covid-19.
El nuevo coronavirus ha dejado al menos 70 casos positivos confirmados y tres víctimas mortales en Guatemala. El Ejecutivo ordenó varias restricciones, como la prohibición del transporte público, que impiden que miles de trabajadores puedan llegar a sus puestos de trabajo.
El Ministerio de Trabajo habilitará en su portal electrónico el enlace para hacer el registro del procedimiento de manera virtual.
El patrono podrá requerir una suspensión total o colectiva total, entre los requisitos deberá explicar el objeto de la suspensión, dar el código del empleado y la información de la empresa.
IGSS no usará certificado de trabajo
En el Diario de Centro América también salió publicado el acuerdo 1473 del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) que regula eliminar el uso del certificado de trabajo para acreditar los derechos de esa entidad y se autoriza el uso de la planilla de seguridad social.
Ese procedimiento facilitaría la atención a los beneficiados para recibir las prestaciones que corresponden.