Ahora con la renovación de la magistratura también se cuenta con cinco nuevos magistrados suplentes, elementos que son necesarios al momento que el máximo tribunal conozca acciones de amparo contra alguno de los tres poderes del Estado o bien acciones de inconstitucionalidad que requieren la integración de siete magistrados y no de cinco.
Pero el modelo parece tener algunas fallas a criterio de las organizaciones fiscalizadoras. Los magistrados suplentes no están de planta dentro de la CC, al contrario, pueden seguir ejerciendo libremente su profesional lo que repercute en una mayor probabilidad a chocar de frente con un caso de conflicto de interés.
Entre los suplentes de la nueva magistratura tenemos a Luis Rosales, exdiputado y cercano a la familia Ríos Montt: Rony Eulalio López, hombre de confianza de la Fiscal General; Juan José Samayoa, exasesor de la Cancillería; Claudia Paniagua, litigante y Walter Jiménez, un juez con carrera judicial.
“Pueden ejercer un conflicto de interés porque los suplentes pueden seguir ejerciendo, no tienen una obligatoriedad de renunciar a los otros trabajos que tengan, es una costumbre que los suplentes sigan respondiendo a sus despachos privados y por lo tanto a sus clientes. Usualmente los magistrados suplentes que son de grandes bufetes mantienen una influencia en la Corte y es preocupante porque pueden ser al mismo tiempo juez y parte”, señaló Álvaro Montenegro, integrante de Alianza por las Reformas.
La clave es tener ética
La ambigüedad que existe para los magistrados suplentes es un vacío legal, según el Movimiento Cívico Nacional (MCN), que consideran primordial que cada uno de los suplentes se revista de una responsabilidad moral que les permita retirarse de cualquier proceso en el que ellos o sus firmas hayan tenido alguna relación profesional.
“Es un elemento importante que aún no se ha solventado su regulación por completo, pero en un aspecto ético, se debería de resguardar la independencia de las decisiones de la Corte así como de las actuaciones de todo juez y magistrado de resguardar su independencia, en este caso los suplentes de poderse abstener de resolver en casos en los cuales hayan tenido un ejercicio profesional previo o durante”, resaltó José Echeverría, representante del MCN.
Quien coincide con esta visión es el analista Sebastián Morales, de Guatemala Visible, quien considera que las cualidades de los titulares deben de permanecer de igual manera en los suplentes, aunque recordó que también pesa mucho el criterio que tengan los otros magistrados identifican que alguno de sus colegas está ante un posible caso de conflicto de intereses.
“Hay formas para evitar esto, es cierto que el diseño constitucional al no contemplarlo puede tener un error, es un aspecto a mejorar, pero para eso existen recursos como la inhibitoria donde los magistrados se pueden apartar de algo que no les corresponde, no solo depende de ellos también sus compañeros pueden ser los que los motiven a que se inhiban de conocer algo donde podrían estar relacionados directamente”, comentó el experto.
¿Hay una solución?
Para el Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (Cien) la respuesta es un sí, pero aún hace falta que las soluciones se logren materializar, para robustecer aún más la legalidad de la Corte y la confianza que la ciudadanía pueda tener en las resoluciones constitucionales.
Francisco Quezada, investigador del Cien, afirma que esta nueva magistratura debe ser legalista, enfocada en la Constitución, sin caer en eventuales escenarios que las hagan ser tachas de conservadoras o liberales.
“Ha habido muchas discusiones alrededor de ese tema y las propuestas han ido madurando en el sentido que los magistrados suplentes vengan a ocupar un cargo en la CC para ser absorbidos totalmente por la Corte, para que al momento en que ejerzan la suplencia lo hagan, pero cuando no estén en ello la CC le brinde un papel para que estén empapados del tema y no sigan ejerciendo su profesión que los distrae y podrían entrar en un conflicto de interés”, señaló.
Actualmente las organizaciones fiscalizadoras no tienen mucha información acerca de la mayoría de magistrados suplentes, pero esperan que puedan cumplir con una tarea apegada a Derecho, independiente y sin ninguna atadura que venga a comprometer sus resoluciones.
Los magistrados suplentes
Nombre: Luis Alfonso Rosales Marroquín.
Cargo: Magistrado suplente de la CC.
Edad: 58 años.
Designado: Congreso de la República.
Formación académica: Doctorado en Derecho Constitucional (12 cursos aprobados).
Nexos políticos: Actual segundo vicepresidente del Congreso de la República, integrante del bloque Valor, de las bancadas que integran la alianza oficialista en el legislativo, su relación cercana con la familia Rios Mont le llevaron a defender al exjefe de Estado durante el juicio del Caso por Genocidio, así mismo investigaciones de prensa lo relacionan como un operador político a favor de Alejandro Giammattei para la segunda vuelta de elecciones generales.
Resoluciones: No ha sido juez o magistrado.
Clientes: Fue diputado ante el Congreso de la República durante la administración del Frente República Guatemalteco (FRG), así mismo se desempeñó en la Procuraduría General de la Nación (PGN); en el 2015 fue diputado por el partido Visión con Valores (Viva) ante el Parlamento Centroamericano (Parlacen) y registrados del Instituto Guatemalteco de Turismo (Inguat) documenta nueve contratos por Q159 mil en tres años.
Nombre: Rony Eulalio López Contreras.
Cargo: Magistrado suplente de la CC.
Edad: 48 años.
Designado: Consejo Superior Universitario (CSU) de la Usac.
Formación académica: Doctor en Derecho.
Nexos políticos: Secretario General del Ministerio Público (MP) durante la gestión de María Consuelo Porras, antes del caso fue Secretario General del Organismo Judicial (OJ) y de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Fue mencionado en 2017 dentro del juicio del Caso Igss/Pisa de citar al juez Carlos Ruano con la magistrada separada del cargo, Blanca Stalling, presuntamente se buscó presionar al juez para que beneficiará al hijo de la magistrada y a otros acusados.
Resoluciones: Sin registros.
Clientes: Ha sido docente de varias universidades nacionales, fue magistrado de sala, defensor público de planta y fue consultor para el Instituto Comparado de Ciencias Penales de Guatemala.
Nombre: Claudia Elizabeth Paniagua Pérez.
Cargo: Magistrada suplente de la CC.
Edad: No especifica.
Electa: Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (Cang).
Formación académica: No especifica.
Nexos políticos: Ha sido abogada de José Rolando Rosales Mirón, magistrado suplente para la CC, que fue diputado del PAN, abogado de Latin American Resources, la petrolera vinculada a Charles Smith, pareja de la ex diputada Zury Ríos. Mirón y Paniagua comparten su oficina en Antigua Guatemala, además de ser socios en un bufete de abogados.
En un proceso de inconstitucionalidad presentada ante la CC, fue auxiliar junto con Carlos Francisco Contreras Solórzano, presidente de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.
Resoluciones: Sin detalles.
Clientes: Según Guatecompras ha tenido 19 contratos durante el gobierno de la Unidad Nacional de la Esperanza (UNE) por Q1 millón 90 mil, así mismo ha tenido 12 contratos en distintas municipalidades y ha sido asesora de tesis en la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Nombre: Juan José Samayoa Villatoro.
Cargo: Magistrado suplente de la CC.
Edad: 73 años.
Designado: Presidente en Consejo de Ministros.
Formación académica: Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales.
Nexos políticos: El abogado ha prestado sus servicios a algunos ministerios de Estado, incluida la Cancillería, de hecho fue propuesto por el titular de dicha cartera, Pedro Brolo.
Resoluciones: Sin detalles.
Clientes: Servicios profesionales a ministerios de Estado.
Nombre: Walter Paulino Jiménez Tejax.
Cargo: Magistrado suplente de la CC.
Edad: 53 años.
Designado: Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Formación académica: Doctor en Derecho por la Universidad de San Carlos de Guatemala.
Nexos políticos: Sin aparentes nexos políticos.
Resoluciones: Sin detalles.
Clientes: Ha sido juez de instancia en el Organismo Judicial (OJ).