Sin embargo a pesar de que hubo una ampliación para que los centros que comercializan bebidas alcohólicas operaran, hubo algunas personas que no respetaron las medidas, según detallan los reportes policiales de las últimas horas.
Tan solo en los departamentos de Guatemala y Alta Verapaz se contabilizaron 16 capturas; 12 hombres y cuatro mujeres, quienes fueron sorprendidos ingiriendo bebidas alcohólicas y escandalizando en la vía pública, violando así los protocolos de bioseguridad contra el covid-19, según las fuerzas policiales.
Estos sujetos fueron puestos a disposición del juzgado local, en donde se les hará saber el motivo de su detención y posteriormente enfrentarán audiencia de primera declaración.
Accionan contra horario de bares y discotecas
Este domingo el diputado Armando Castillo, tercer vicepresidente del Congreso e integrante de la bancada Visión con Valores (Viva), presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del acuerdo ministerial 95 -2021.
El congresista asegura que no existe igualdad entre el horario permitido para actividades comerciales y centros nocturnos, por lo que está solicitando a la Corte de Constitucionalidad (CC) evaluar las disposiciones emanadas desde el Organismo Ejecutivo.
“Las tiendas de barrio pueden abrir hasta las ocho de la noche, mientras que las tiendas de conveniencia y los centros comerciales lo pueden hacer a las nueve de la noche, por otro lado a las iglesias se les limita a sus actividades religiosas hasta las ocho de la noche, mientras que las actividades nocturnas; bares y discotecas, pueden hacerlo prácticamente sin limitación de horario”, argumentó.
Castillo añadió que no se oponen a las recomendaciones, pero considera necesario que existan condiciones igualitarias, “consideremos que esto es importante señalarlo, no nos oponemos a las medidas de prevención, definitivamente no nos oponemos a eso, nos oponemos a que haya desproporcionalidad entre una y otra, en segundo punto es importante que en el último día del estado de excepción el gobierno emite un acuerdo a la cual faculta a la ministra, para que mediante acuerdos ministeriales pueda restringir garantías constitucionales”.