MIRAMUNDO
Propiedad privada en riesgo
Mantener el discurso de defensa a la propiedad privada gana adeptos, pero es bueno preguntarse si los partidos políticos han movido un dedo para llevar las palabras a los hechos. Dejo unas simples reflexiones porque si estamos sin vacunas, sin educación pública, sin trasporte público y en franco deterioro de las libertades individuales, quizás este tema pueda interesar a más de alguno.
' Modernizar el sistema registral es garantizar a los propietarios su derecho y esto es básico para el desarrollo capitalista.
Alejandro Balsells Conde
El decreto 62-97 es la Ley de Inmovilización Voluntaria de Bienes Registrados, y esto quiere decir que el Estado consideró su obligación “proveer los mecanismos que permitan a los propietarios de bienes inscritos en los Registros, su inmovilización, con lo que se evitará cualquier mala práctica que pudiera perjudicarlos con el consiguiente menoscabo de la seguridad registral”, todo aquel con bienes inscritos en el Registro General de la Propiedad puede, hasta por tres años, asegurar su voluntad para no vender o hipotecar. Este decreto es útil para prevenir lo conocido como “robos de propiedades”, pero también es la mejor muestra para evidenciar un sistema registral precario. El capitalismo no puede existir sin propietarios, por eso llama la atención el anacronismo de nuestras normas registrales. Mientras en Costa Rica o El Salvador existen instituciones centralizadoras de los actos registrales y mucho más control con el Notariado, acá debemos acudir en peregrinación a una serie de oficinas bajo reglas de ventanilla y caprichosas.
Fue la Revolución Liberal de 1871 la que instituyó el Registro de la Propiedad, funciona uno en Quetzaltenango y el otro en Guatemala, el primero inscribe las propiedades situadas en Quetzaltenango, Huehuetenango, San Marcos, Suchitepéquez, Totonicapán, Quiché, Sololá y Retalhuleu, mientras el central el resto del país. Nuestra Constitución ordena en el artículo 230: “El Registro General de la Propiedad deberá ser organizado a efecto de que en cada departamento o región, que la ley específica determine, se establezca su propio registro de la propiedad y el respectivo catastro fiscal”. El mandato lleva 35 años de no ser cumplido, no hay ley específica registral, no hay registro en cada departamento, pero lo más grave, el catastro sirve en buena parte solo para trinquetes y no es funcional, para efectos prácticos no hay catastro. Generar marcos capitalistas de desarrollo requiere una reforma registral profunda. Sabemos que el Colegio de Abogados es un cero a la izquierda para los temas nacionales, pero seguro hay interés por universidades serias, tanques de pensamiento e instituciones profesionales como el Instituto Guatemalteco de Derecho Notarial. Es absurdo pretender atraer inversiones y explicarles a holandeses, gringos o alemanes la posibilidad de inmovilizar su propiedad porque se las pueden robar y bajo esta premisa competir con México, El Salvador o Costa Rica.
La proliferación de abogados también representa la proliferación de Notarios. El notariado se rige por un código promulgado por el Doctor Juan José Arévalo, las facultades de derecho pueden solo medio enseñarlo y es suficiente para titular a quien sea, lo cual representa una fe pública notarial incierta y poco apreciada. Una reforma registral obligará a una nueva normativa del notariado. Somos de los únicos países en el mundo con un notariado libre y sin controles, no podemos seguir con las reglas de hace 70 años cuando los Notarios no eran más de mil siendo ahora casi 40 mil.
Si queremos defender la propiedad privada debemos proponer y trabajar una reforma registral de ciento ochenta grados, en lo personal no comprendo cómo los bancos son tan indolentes como para no exigirla, sin duda, el negocio no sólo es prestar dinero y a gente de poder le conviene la inseguridad y precariedad registral.