AL GRANO

Notas sobre la magistratura y la ideología

El lunes y martes pasados tuve ocasión de participar en un congreso de la World Jurist Association, en el que se rindió un homenaje póstumo a Ruth Bader Ginsburg, quien en vida fuera magistrada de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos. Fue la segunda mujer en llegar al alto tribunal y se distinguió, entre otras cosas, por sus opiniones —a veces con la mayoría de la Corte, a veces vertidas en votos disidentes— a favor de la igualdad de género, contra las discriminaciones arbitrarias y otros temas que conforman una parte importante de lo que, creo yo, pudiera llamarse la “agenda liberal” en los Estados Unidos.

' La función de juzgar debe ejercerse bajo la ley y los dictados de la conciencia, procurando realizar la justicia.

Eduardo Mayora Alvarado

Como es bien sabido, en la jerga política de los EE. UU. la noción de “liberal” más bien describe a quienes tienen una ideología favorable al Estado providencia, los derechos sociales, económicos y culturales; la regulación de ciertos aspectos de la economía y una interpretación de la Constitución adecuada al andar de los tiempos.

Me parece que, en general, quienes hicieron su semblanza y aludieron a ciertos aspectos de su larga y prolífica carrera resaltaron su inteligencia, su pasión por sus ideas, su sentido de los deberes de un juez independiente e imparcial y su generosa personalidad. Sin embargo, captó mi atención de manera especial un ángulo abordado por una de las panelistas, vicepresidente del Tribunal Constitucional de España, la magistrada Encarnación Roca.

Ella se refirió al hecho de que la magistrada Ginsburg compartió buena parte de su magistratura con otra gran figura de la Suprema Corte de los Estados Unidos, el también ya fallecido magistrado Antonin Scalia. A diferencia de Ginsburg, Scalia encarnaba lo que en la jerga política norteamericana llaman un “conservador”; es decir, alguien que más bien favorece una limitada intervención del Estado en la vida de los ciudadanos, que estos asuman sus responsabilidades en libertad, una economía de mercado libre de regulaciones estatales y una interpretación textual u originalista de la Constitución.

Lo que la magistrada Roca puso de relieve —creo yo, muy acertadamente— es el hecho de que, no obstante sus diferencias ideológicas notorias y el hecho de que, a raíz de las mismas hayan estado en lados opuestos en muchos de los casos que les tocó juzgar, no obstante los dos grandes juristas se respetaron profundamente y fueron grandes amigos. Se trataba, pues, de dos grandes jueces de conducta ejemplar, independientes e imparciales —condición y virtud necesarias por excelencia para el ejercicio de la función judicial—, apasionados por sus ideas y su trabajo que, a pesar de sus diferencias ideológicas, desarrollaron un hondo respeto recíproco y, además, una gran amistad.

Lo que, contrastando con estas actitudes ejemplares hemos observado en Guatemala, me parece, es algo muy diferente. Hemos asistido a una guerra partidista, no ideológica, en la que ciertos funcionarios judiciales dan la apariencia de estar alineados con grupos de presión o de interés o con determinados partidos políticos, y así, una “guerra de amparos y antejuicios”, de señalamientos y de bloqueos han dejado en un impase la elección de las más altas autoridades judiciales y envuelta en cuestionamientos graves la designación de varios de los integrantes de la Corte de Constitucionalidad.

En definitiva, recogiendo las palabras de la magistrada de la Suprema Corte de Justicia del Uruguay Elena Martínez Rosso, “sin independencia judicial no hay justicia”. Y me temo que, hasta el día en que las élites políticas, intelectuales, económicas y profesionales de este país no se convenzan de eso e impulsen las reformas constitucionales necesarias, en Guatemala no habrá justicia.

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