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Verificamos por usted: ¿Es prohibido trabajar en estado de ebriedad?
Cualquier trabajador del sector público o privado puede ser despedido si es sorprendido en estado de embriaguez.
Mientras se discutía la aprobación de una ley que permitiría la entrada de más vacunas, diputados fueron grabados aparentemente ingiriendo bebidas alcohólicas. (Foto Prensa Libre: Hemeroteca PL)
En un reciente video se observa un grupo de diputados en el hemiciclo parlamentario aparentemente consumiendo bebidas alcohólicas. La difusión de las imágenes generó indignación en redes sociales. Los hechos ocurrieron mientras se discutía la aprobación de una ley que permitiría el ingreso de más vacunas al país.
Usuarios reprocharon la actitud de los congresistas, quienes se encontraban desempeñando sus funciones legislativas.
Distintas cuentas en Twitter difundieron el video de los congresistas, con una alusión directa al diputado Roberto Calderón, de Vamos, a quien aparentemente se observa sirviendo el aparente licor en un vaso desechable.
“Mientras a cada 15 minutos fallece alguien por covid-19 en el país, los diputados creen conveniente emborracharse a medio pleno en lugar de hacer su trabajo y aprobar una ley de vacunas. No podemos seguir tolerando este cinismo”, tuiteó la cuenta de @landivarianos.
En el video también se menciona a otros parlamentarios, entre quienes figuran Christian Álvarez, Manuel Conde, Boris España y Rubén Barrios.
En la conversación que generó este hecho se comentó que, a diferencia de los congresistas, cualquier trabajador que sea sorprendido bebiendo alcohol durante su jornada laboral podría ser sancionado o incluso despedido.
Se intentó comunicación con Calderón para consultarle su versión sobre las imágenes, pero no respondió las llamadas ni mensajes a su celular. Quien sí ofreció su versión de los hechos fue Christian Álvarez, quien también es mencionado en el video.
El congresista dijo que se encontraba en un ínterin de la sesión y se acercó a conversar con los otros congresistas. En el momento, por la posición en que se encontraba, no se cercioró de qué tipo de bebida se encontraban ingiriendo sus compañeros y negó que él haya consumido alcohol.
“Mis manos están cruzadas o moviéndose y no me acerco a tomar lo que ellos ingerían. En el momento no veo que es lo que están tomando. No sé si era whisky, ron o qué tipo de bebida”, comentó.
Por su parte, Manuel Conde Orellana, quien se menciona en el video, dijo que él no se encontraba en el lugar y refirió que no se le observa a él.
La legislación guatemalteca establece sanciones para aquellos trabajadores del sector público y privado que desempeñen sus funciones en estado de embriaguez.
El Código del Trabajo regula en su artículo 64, literal c, la prohibición de trabajar bajo efectos del alcohol o de cualquier otra droga. Asimismo, el artículo 77, literal h, señala como causa de despido justificado sin necesidad de apercibimiento cuando el trabajador se encuentre en estado de embriaguez y como consecuencia ponga en peligro la vida o la seguridad de las personas.
Leonel Caniz, abogado laboralista, explica que si un piloto, por ejemplo, conduce ebrio, podría ser despedido inmediatamente, ya que pone en peligro la vida de otras personas.
En caso de que el grado de alcohol consumido no sea grave, se debe hacer una amonestación escrita, notificarla a Inspectoría General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y, si vuelve a producirse el incidente una segunda vez, el patrono puede despedirlo, explica Juan Carlos Prieto, experto en derecho laboral.
Además de esta normativa, cada empresa puede crear su propio reglamento interno estableciendo cuál es la conducta por seguir en el lugar de trabajo. Este debe ser aprobado previamente por la Inspección General de Trabajo, según el artículo 59 del Código del Trabajo.
La prohibición de trabajar en estado de ebriedad también está regulada en la Ley de Servicio Civil, Ley de Servicio Municipal y Ley de Servicio Civil del Organismo Judicial, que rigen las relaciones laborales con los trabajadores de las instituciones estatales. Las primeras dos lo establecen como una causa de despido justificado, mientras que la tercera lo tipifica como una falta grave que amerita sanción por 20 días.
En el caso de funcionarios electos popularmente, no se les puede aplicar las prohibiciones contenidas en las leyes antes citadas, explica Luis Linares, exministro de trabajo. Explica que, en el caso de diputados, se debe revisar la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, que establece en su artículo 67 faltas leves, graves o votos de censura a los diputados “cuando el diputado faltare a la ética que corresponde a su alto rango, o incurriere en irrespeto en contra de un representante al Congreso de la República, después de una rigurosa investigación”.
No obstante, aunque no exista una prohibición explícita, los diputados del Congreso deben comportarse con honorabilidad, ya que gozan del título de dignatarios de la nación.
Las sanciones son impuestas por Junta Directiva y pueden interponerse apelaciones. Se intentó consultar al presidente del Congreso, Allan Rodríguez, si se iniciaría una investigación, pero no respondió llamadas ni mensajes.