El TSE informó que un Consejo Comunitario de Desarrollo de Quiché presentó una denuncia en contra del actual alcalde.
Rubén Samayoa, dirigente del Consejo de Pueblos Quiches, argumentó que le han dado seguimiento al proceso en contra del alcalde, pero será el Concejo que decidirá si separa o confirma en el cargo al jefe edil.
“No tengo nada en contra del alcalde, pero es importante que se cumpla con la ley y Francisco Pérez no puede ser alcalde porque tiene procesos legales en su contra, nosotros estaremos presentes en la próxima reunión del Concejo para verificar que se trate el tema”, explicó Samayoa.
Roger Antonio Barrios Rabanales, Coordinador de Asuntos Jurídicos del TSE, explicó al Concejo de Quiché en el documento que la resolución se emitió con base en el artículo 45 del Código Municipal que establece las prohibiciones para asumir el cargo de alcalde, concejal o síndico, por lo que el Concejo tendrá que tratar ese punto en la próxima reunión
Francisco Pérez Reyes, alcalde de Quiché, comentó que la resolución del TSE no le aplica a él porque el artículo 45 del Código Municipal señala que la persona debe de estar inhabilitada y con sentencia firme y aquí lo que hay es un proceso en mi contra.
“No hay ningún problema que el tema se trate en reunión de Concejo porque estoy seguro que continuaré siendo alcalde de Santa Cruz del Quiché, este es un tema que no tiene sentido porque cualquier persona interpondría una denuncia en contra de un alcalde y por esa denuncia sería separado del cargo, eso no puede ser”, mencionó el jefe edil.
Para Pérez Reyes, la denuncia en su contra “es política”, y manifestó: “Ese grupo es dirigido por excandidatos a alcalde y concejales que no lograron ganar las elecciones y piensan que pueden llegar a la municipalidad interponiendo recursos, simplemente es una revancha política, yo seguiré siendo alcalde y lo demostraré en los tribunales.
Artículo 45 del Código Municipal
El artículo menciona las prohibiciones para ejercer el cargo de alcalde, síndico o concejal, y explica que no pueden ser funcionarios las personas que hayan sido condenadas, que estén sujetas a un proceso judicial, los contratistas del Estado, el deudor por fianzas de cuentas a los fondos municipales.