La ANA notificó a los Agentes Corredores de Aduanas y usuarios en general que “las pre-declaraciones tramitadas hasta el 31 de diciembre de 2016, que tengan los permisos, sellos y firmas de los Órganos Anuentes, podrán tramitar la declaración definitiva utilizando el mismo código arancelario hasta el 15 de enero de 2017”.
“Los trámites en estado de pre-declaración que no requieran permiso de Órganos Anuentes, deberán pasarlo a declaración definitiva antes del 1 de enero de 2017. De lo contrario deberán crear una nueva pre-declaración utilizando la nueva estructura del Arancel Nacional de Importación”, aclara.
Además, indica que los interesados pueden acceder a la página web de la Autoridad Nacional de Aduanas, www.ana.gob.pa, donde podrán encontrar el Arancel Nacional de la sexta Enmienda de la Organización Mundial de Aduanas (aprobada en 2014), así como la tabla de correlación que detalla los cambios de una enmienda a otra.
La aprobación se dio el pasado 15 de noviembre y se publicó el lunes 21 en la Gaceta Oficial 28162-C y se divide en 98 capítulos, que ocupan 696 páginas, para ponerse al día con la OMA, que publicó la enmienda en 2014, y así el Arancel Nacional de Importación no sea un obstáculo por su falta de actualización.
Además, como desde 2013 Panamá se sumó a la Unión Aduanera Centroamericana, tiene que alinearse con el Sistema Arancelario Centroamericano para poder incorporarse plenamente al Subsistema de Integración Económica Centroamericana, explicaron los ministros en su Decreto de Gabinete.
Pero no solo aumentan los dígitos, el Ejecutivo acepta que la interpretación del arancel nacional se hará conforme las normas establecidas en la enmienda y “las importaciones de mercancías al territorio nacional quedan sometidas a las tarifas establecidas en el Arancel Nacional de Importación, en los términos de la Sexta Enmienda”, precisa el Decreto, que fue enviado a la Asamblea Nacional -en receso hasta mañana- para su conocimiento.