El mismo Gobierno se reconoció incapaz la semana pasada de proteger efectivamente al consumidor y explicó que según la ley actual, sólo puede limitarse a mediar ente proveedores y usuarios.
Patricia Ramírez, ministra de Economía, reconoció el viernes último durante su interpelación en el Congreso que la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor, Diaco, no tiene potestad legal para proceder en contra del incremento desmedido de los precios.
?El Ministerio no puede procesar las denuncias que los consumidores hacen a través de la Diaco, porque la ley no se lo permite ?, aseguró.
Otra de las debilidades de la cartera de Economía para asistir al consumidor es la insuficiencia presupuestaria de esta división, agregó la funcionaria.
Según cifras de la Diaco, durante 2002 recibió 1,774 quejas, de las que el 53.4 por ciento fueron resueltas, 42.2 por ciento están ?en proceso?, y 4.2 por ciento, en trámite en el Ministerio Público.
Nueva ley, necesaria
Aunque Ramírez hizo un llamado a los parlamentarios para que evalúen ?lo antes posible? el proyecto de ley de defensa del consumidor presentado al pleno, los comerciantes dicen que no hay que ir tan rápido.
?Es importante que el Congreso aborde la propuesta de ley impulsada por el Ministerio, porque, de lo contrario, nosotros estamos con las manos atadas?, expresó Ramírez.
La Cámara de Comercio de Guatemala, CCG, agrupa al sector empresarial en las discusiones de la propuesta, y según Jorge Briz, presidente de la entidad, ?todavía se tienen que discutir muchos puntos?.
Briz aseguró que la ley será ?muy positiva para los consumidores, pero debe analizarse cuidadosamente, para evitar malinterpretaciones que en lugar de traer beneficios perjudique a los implicados?.
La actual legislación está vigente desde el 15 de enero de 1985, el Decreto Ley 1-85 de la Ley de Protección al Consumidor, que tiene como objetivo evitar el alza ?inmoderada? en los precios de productos y servicios.
Sin embargo, no contempla sanciones, ni retribución a consumidores afectados.
También afectado
Lizardo Bolaños, analista del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales, Cien, dijo que algunos artículos de la iniciativa pueden dar pauta a que un consumidor también cometa fraude.
El artículo 37, que se refiere a la ?facturación de consumo excesivo?, puede liberar de responsabilidades a los consumidores, opinó Bolaños.
El artículo 51, de ?derecho de retracto?, podría anular la efectividad de un contrato.
El analista agregó que la propuesta actual es buena, ?siempre y cuando busque soluciones de mercado y no incremente costos a las empresas ni a los consumidores?.
Puntos básicos
La iniciativa de ley de protección al consumidor aún no cuenta con texto definitivo para su aprobación, pero prevé, entre otros puntos, la creación de una procuraduría de protección al consumidor y usuario.
Dicho ente regularía la información contenida en los productos, el tipo de publicidad empleada, la interpretación de las ofertas o descuentos especiales y sanciones contra quienes transgredan dichos preceptos.
El proyecto toma en cuenta aspectos como una mayor disponibilidad de información, certidumbre respecto de las normas comerciales y la existencia de la procuraduría, que además de velar por el cumplimiento de dichas normas, será una instancia conciliadora en la resolución de conflictos.
La actual legislación, vigente desde el 15 de enero de 1985, Decreto Ley 1-85, Ley de Protección al Consumidor, tiene como objetivo controlar y evitar el alza ?inmoderada? en los precios de productos y servicios, pero, según los legisladores, contiene algunas debilidades que se han puesto en evidencia en su aplicación.
Hasta la fecha, la propuesta ha sido detenida en segunda lectura en el Congreso de la República.
Algunos sectores convocados para la discusión de la propuesta temen que la procuraduría pueda convertirse en un foco de corrupción, malinterpretar el sentido de los artículos y hacer incurrir en más costos a las empresas, que podría derivarse en precios más altos para los usuarios.