Los generadores de energía argumentan que el proceso de sanción de la ley fue inconstitucional porque el Congreso no cumplió con enviarla a consulta a la CC cuando decidió rechazar el veto del presidente de la República Alejandro Giammattei contra ese el decreto.
Gabriela Roca, abogada de la ANG, expuso que debido a que el mandatario argumentó inconstitucionalidades para rechazar el decreto en mención, el organismo legislativo debió enviarlo a consulta a esa Corte, pero en cambio decidió rechazar el veto y enviarlo a publicación para que cobrara vigencia.
El 15-2020 cobró vigencia a partir de este 22 de mayo.
El sector de energía se ha pronunciado en contra de este, argumentando que al no delimitar las medidas de prohibición de corte, se ponen en riesgo los ingresos por cobro del suministro y la sostenibilidad del servicio.
La ANG busca la inconstitucionalidad total del decreto, pero también accionó contra varios artículos como el 2 y el 7, referentes a la cereza y trato diferente o discriminatorio para las diferentes prestadoras de servicio público que se incluyeron en esa ley. Además, se acciona contra la retroactividad de la ley.
Javier Zepeda, director ejecutivo de la CIG explicó que la acción de inconstitucionalidad que presentó esta organización empresarial se centra en la falta de consulta del Congreso hacia la CC, al rechazar el veto presidencial al decreto. Coincide con Roca en que ese organismo debió haber consultado a esa Corte antes de rechazarlo, es decir que se omitió una parte del proceso de una ley, agregó el directivo.
“Entendemos la necesidad de los guatemaltecos ante esta emergencia, pero también es necesario que la implementación de la ley no ponga el riesgo a empresas y servicios”, añadió.
Las otras dos acciones se presentaron por Blanca Dina Urrutia Cifuentes, según el expediente 1922-2020.
Incluye una inconstitucionalidad general, contra todo el decreto, y una parcial contra los artículos 1, 2 y 4.
Violaría TLC con Estados Unidos y tratados de inversión
Aparte de que presentará un Amicus Curiae o Amigo de la Corte y busca convertirse en terceros interesados en el proceso que se llevará en la CC , Amcham analiza otros impactos que podrían conllevar demandan internacionales, expuso el presidente de dicha organización Juan Pablo Carrasco.
El decreto 15-2020 “presenta una clara vulneración a los derechos constitucionales de libertad de contratación, propiedad privada, y libertad de industria y comercio” y que “podría llevar a las empresas prestadoras de servicios básicos a la insolvencia, y a la posterior quiebra, limitando a los usuarios, de forma total al acceso a dichos servicios”, explicó.
Con eso se estaría violando el capítulo 10, referente a protección de inversiones, del Tratado de Libre Comercio de Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana y otros tratados de inversión, explicó Carrasco.
El directivo indicó que al menos una de las empresas del sector de electricidad tiene inversionistas estadounidenses, I Squared Capital, propietaria de Energuate. Y de mantenerse en vigencia el decreto con los impactos ya advertidos, podría hacer uso de es figura.
En otros casos las empresas extranjeras han llevado al Estado a mecanismos de solución de controversias y arbitrajes internacionales con demandas millonarias.
Amcham Guatemala exhorta a la CC a tomar las acciones correspondientes y a resguardar el orden constitucional del país ante las violaciones evidentes del Decreto 15-2020, garantizando los derechos constitucionales para evitar una crisis mayor ante la situación actual, se añade en el comunicado de dicha organización.