El ministro de Energía y Minas, Alberto Pimentel, explicó que esa cartera propuso que en el caso del servicio de energía la prohibición de corte sea solo por tres meses a partir de la vigencia de la ley. Los tres meses de vigencia se cumplirían el 22 de agosto próximo.
Según Pimentel, con delimitar esos parámetros se bajaría la presión o riesgo que han expresado empresas del sector de electricidad, respecto de que si el mayor porcentaje de usuarios dejan de pagar las distribuidoras ya no podrán pagar a los generadores de energía por el suministro brindado y se pondría en riesgo la estabilidad del sistema eléctrico nacional.
El ministro explicó que la propuesta fue trasladada al Organismo Ejecutivo y se encuentra en revisión de la Secretaría General de la Presidencia.
El reglamento podría estar listo el fin de semana, pero deberá ser aprobado por el gabinete de gobierno, el cual decidirá si acepta o modifica los parámetros propuestos por el MEM.
El decreto 15-2020 prohíbe el corte de servicios de agua, electricidad, telefonía e internet.
El sector privado se opone al contenido de esa ley, indicando que no fija plazos y tipos de usuarios, lo cual pondría en riesgo la estabilidad de los servicios. Ese pronunciamiento fue efectuado este viernes de nuevo por el Cacif.
Pronunciamiento del Sector Empresarial Organizado sobre publicación del Decreto 15-2020: pic.twitter.com/JsTuKcQjZW
— CACIF Noticias (@CACIFnoticias) May 22, 2020
Primentel explicó que el 94% del total de usuarios se encuentra en el rango de consumo de o a 300 kilovatios y es beneficiado con el subsidio por el aporte social, y el subsidio temporal de tres meses para reducir los impactos del covid 19 en la economía familiar.
El subsidio se refleja de forma inmediata en la factura del consumidor, quien debe pagar el resto. A las empresas se les traslada los montos subsidiados (por medio del Instituto Nacional de Electrificación), en un plazo de alrededor de mes y medio después de haber emitido las facturas, agregó.
¿Reduce el riesgo limitar a los beneficiarios?
La Asociación Nacional de Generadores (ANG) informó esta semana que el impacto de esa ley provocaría un agujero de alrededor de Q530 millones por mes por los ingresos que dejarían de recibir las tres grandes distribuidoras y las empresas eléctricas municipales, sobre el total de Q915 millones que facturan mensualmente.
Respecto a las limitaciones que el MEM busca implementar en el reglamento del decreto 15-2020, Gabriela Roca, abogada de ANG, recordó que no han sido aprobada. Pero expuso que si se aplica la prohibición de corte del servicio de electricidad solo por tres meses y solo para los usuarios de hasta 300 kilovatios hora al mes, ese agujero se reduciría la tercera parte, y quedaría en unos Q150 millones mensuales.
Ivette Zambrano, vocera de EEGSA, dijo que aún no pueden comentar acerca del efecto que este tendría en una disminución de riesgos para el sector, ya que antes desean conocer el contenido de dicho reglamento.
Fernando Spross, analista de Fundesa expuso que se tendrá que analizar el impacto, pero que el reglamento debería ser discutido también con el sector, en busca de que su contenido sea adecuado para ambas partes, para los usuarios y para las empresas.