Entre las actividades sujetas a restricción de horarios (quinta disposición) se encuentran todos los establecimientos comerciales o servicios de cualquier índole o naturaleza deben permanecer cerrados por restricciones de salud pública las 24 horas, a excepción de algunas actividades.
En ese sentido, Julio Reyes, presidente de la Cámara Empresarial de Comercio y Servicios (Cecoms) opinó que el panorama comercial no es alentador, pero están en la mejor disposición de apoyar en la crisis sanitaria-económica.
“Hasta este momento el sector servicios es uno de los mayores golpeados económicamente y ahora se incrementa la parálisis al sector comercio, por lo que se debe diseñar una estrategia para estas empresas, y no con el afán de lucro, sino para mantener empleos, ya que si no se ve un apoyo oportuno de parte de las autoridades por defecto lo que comenzará a verse es una estampida de despidos en el sector comercio y de servicios que afectará a la población mas vulnerable”, destacó Reyes.
Para el empresario la crisis no será solo durante la emergencia sino lo que vendrá después, si se dan recortes, los trabajadores pasarán a ser parte de una estadística muy alta de desempleo en el país, afirmó.
Para Reyes el Estado tiene la obligación de “alivianar la carga del empresariado para poder seguir manteniendo sus compromisos, de planilla, de gastos de servicios, impuestos y operación, estando cerrados”, dijo.
El empresario refirió que las dos instituciones que más pueden apoyar son la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), pero legalmente están maniatadas, para esto el presidente debe utilizar su liderazgo y gestionar frente al Congreso las medidas económicas pertinentes.
Trabajador queda vulnerable
Luego, en el tema laboral y de seguridad social (disposición duodécima, inciso b), exhorta a trabajadores y empleadores a celebrar acuerdos dentro del marco de la ley y que los mismos se realicen en el estricto cumplimiento de los principios de derecho laboral, tomando como base los principios de conciliación, garantías mínimas, realismo y convencionalidad.
En el tema laboral es donde se complica más la situación, afirmó Luis Linares, analista laboral de la Asociación de Investigación de Estudios Sociales (Asíes), porque los trabajadores no se encuentran debidamente organizados en el sector privado como para manifestar su opinión ante el empleador.
“Con quién va a negociar esos acuerdos el empleador, ahí es donde se evidencia la importancia de la organización sindical. Por ejemplo, en España como había fraude en la solicitud de expedientes de regulación temporal de empleo, que aquí en Guatemala es la suspensión temporal colectiva o individual, limitaron la presentación de esas solicitudes y debían los patronos ponerse de acuerdo con los sindicatos para paliar la crisis”, explicó el analista.
Las medidas entre ambas partes deben ser claras, concretas y las medidas deben ir encaminadas en función de los intereses de todos, enfatizó Linares.
“La disposición del gobierno dejó al trabajador librado a la buena voluntad de los patronos y los empleados no denunciarán porque vienen los despidos de represalia, es decir, los dejaron a su suerte”, señaló el especialista.
En opinión de Linares es en este momento cuando el Consejo Económico Social debe reunirse y demostrar la razón de su existencia.
El representante sindical, Rigoberto Dueñas calificó la disposición como “aberrante y contraria a derecho”, porque el Artículo 103 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que las disposiciones siempre deben ser tutelares para los trabajadores, es decir, que siempre se debe proteger al trabajador y el Artículo 106 dice que los derechos labores son irrenunciables.
“El presidente Alejandro Giammattei debió garantizar la estabilidad y los derechos de los trabajadores, porque llegar a un arreglo con el patrono es una idea remota, porque el trabajador se ve en desventaja”, enfatizó Dueñas.
El trabajador queda vulnerable ante el patrono, resaltó el sindicalista, porque se aprovechará en cuanto a los beneficios, plantearán al empleado no otorgar vacaciones, o eliminar el Bono 14 o Aguinaldo, o bien cuando pase la emergencia extender horarios y el trabajador se someterá esas disposiciones arbitraria porque no hay una protección titular del Estado.
¿Es una alternativa recurrir al IGSS?
Para el economista Érick Coyoy la disposición no garantiza una estabilidad laboral y económica para los trabajadores, porque hay comercios que ya perdieron su mercado y no tendrán cómo pagar salarios, por lo tanto, lo que debe buscar el gobierno son recursos para poder apoyar a las empresas.
“No se puede forzar a un empresario a pagar salarios, cuando no recibirá ingresos, se deben buscar recursos a través del Banco de Guatemala o del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS)”, planteó Coyoy.
Las disposiciones presidenciales actuales incluyen un llamado al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) a participar y colaborar en el ámbito de sus competencias.
Sin embargo, el Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade emitió un comunicado donde hace un llamado al presidente Giammattei a que cualquier medida debe ponderarse de conformidad con la Ley Orgánica del IGSS, garantizando la protección de los derechos de afiliados y pensionados.
El documento resalta que los pensionados son quienes, con el esfuerzo de una vida de trabajo, contribuyeron a la constitución del patrimonio del IGSS y ellos dependen de los servicios pecuniarios y de salud que éste ahora les retribuye.
Rodas hizo un llamado a la Presidencia de la República, a buscar otras vías para mantener los salarios de los trabajadores, sin afectar los servicios esenciales como los que presta el IGSS a sus afiliados.