En este contexto, las cuentas monetarias y ahorro se inactivan por falta de uso y una vez se encuentre en estado de inactivación no se pueden hacer operaciones con ella.
La SIB informó que una cuenta bancaria adquiere la condición de inactiva, fundamentalmente porque no refleja movimientos provenientes de depósitos o de retiros durante determinado tiempo.
De manera que es importante aclarar que la inactividad de una cuenta no es una medida unilateral que adopten los bancos, sino el mero hecho de la falta de movimientos en la misma.
En qué momento se inactiva una cuenta
La información oficial consigna que las cuentas de depósitos monetarios y de ahorro, en moneda nacional, con saldos menores a Q1 mil y las cuentas de depósitos monetarios y de ahorro en moneda extranjera, con saldos menores a US$125, que durante un período de 10 años no reflejen movimientos, son las que pueden terminar inactivadas.
En cuanto a las cuentas que se estén condicionadas por el cuentahabiente o limitadas contractualmente, o restringidas por autoridad competente, prescribirán, de pleno derecho, junto con los intereses que hubieren devengado, en favor del Fondo para la Protección del Ahorro (FOPA).
Esta norma señala que el traslado del saldo de estas cuentas hacia el FOPA, se hará dentro del mes siguiente al del vencimiento de los 10 años mencionados.
En estos casos, el banco deberá hacer del conocimiento de los cuentahabientes esta situación.
Cómo evitar perder dinero
Según la autoridad bancaria, existe la posibilidad de que los titulares de las cuentas próximas a inactivarse por falta de uso, eviten el traslado de sus fondos al FOPA:
Si antes de que concluya el plazo de 10 años de permanecer inactivas les efectúan transacciones de depósito o retiro.
En todo caso, cuando dicho plazo está próximo a vencer, los bancos están obligados a comunicarle a los cuentahabientes dicha circunstancia, por los medios que estimen convenientes, a efecto de darles oportunidad de reactivar sus cuentas.
La norma que regula este procedimiento es la Ley de Bancos y Grupos Financieros, con sus reformas introducidas por el Congreso la República en 2012, cuando fue adicionado el artículo 41 Ter, el cual establece el proceso.