Economía

Desde el 1 de enero del 2025 será obligatoria la mezcla de etanol con gasolinas, lo que provoca reacciones encontradas

El porcentaje mínimo de alcohol carburante es 5% por galón de combustible, según lo establecido en la normativa legal, pero el MEM debe fijar el porcentaje que se deberá aplicar cada año.

etanol biocombustibles mezcla con gasolina

Importadores, transportistas y expendedores de gasolina se deberán preparar para atender la nueva obligación de mezcla de etanol en las gasolinas. (Foto, Prensa Libre: Hemeroteca PL).

El reglamento general de la Ley de Alcohol Carburante, establecido en el acuerdo gubernativo 159-2023, cobró vigencia en julio del 2023.

Sin embargo, será hasta el 1 de junio del 2024 cuando el Ministerio de Energía y Minas (MEM) establezca por primera vez el porcentaje de alcohol carburante como etanol avanzado, que deba mezclarse con gasolina para el año calendario siguiente, y la mezcla será obligatoria a partir del 1 de enero del 2025, según las disposiciones transitorias.

A partir de ahí, el establecimiento de porcentaje esa mezcla deberá hacerse de forma provisional el 1 de junio de cada año para que entre en vigencia el 1 de enero siguiente. El procedimiento se contempla en el capítulo 3 del reglamento acerca del abastecimiento del mercado interno y garantía de suministro.

El porcentaje de mezcla no deberá ser menor al 5%, que es el mínimo establecido en Decreto Ley Número 17-85 y en el reglamento, tanto en caso de que el MEM lo fije cada año de forma provisional, como si no se emite el acuerdo ministerial o no entre en vigencia el nuevo acuerdo para el 1 de enero de cada año.

El MEM no respondió a la solicitud efectuada desde la semana pasada por Prensa Libre respecto del tema, pero desde el año 2022, funcionarios de la institución como el entonces ministro Alberto Pimentel, declararon que la mezcla inicial será del 10% y que se usará etanol avanzado derivado de la caña de azúcar.

En el reglamento se refiere que el alcohol carburante es el alcohol etílico anhidro desnaturalizado utilizable como combustible mezclado con productos petroleros, apropiado para ser usado en motores de combustión interna. Entre ellos está el etanol avanzado, que es el derivado de biomasa agrícola, producido con caña de azúcar, ya que genera emisiones menores de gases de efecto invernadero, en comparación con los derivados del petróleo.

Reacciones

Directoras de la Asociación de Productores de Alcohol de Guatemala (APAG) y de la Asociación de Combustibles Renovables de Guatemala (ACR) mencionaron que es positiva la aprobación y puesta en vigencia de este reglamento para la Ley de Alcohol Carburante que data desde 1985, para permitir esta mezcla de biocombustibles, aunque indicaron que aún analizan el contenido del reglamento.

Aída Lorenzo, directora ejecutiva de ACR, lo calificó de importante porque permitirá implementar la mezcla y apoyar a la seguridad energética del país porque ya no se dependerá al 100% de combustibles fósiles.

Ivanova Ancheta, directora ejecutiva de APAG, agregó que según lo que se interpreta en el reglamento, los importadores de combustible pueden comprar el alcohol a través del libre mercado, ya que no se establece que solo lo puedan adquirir en el país.

Se reglamentó dejar el porcentaje mínimo de 5%, pero llegar al 10% que se ha mencionado será una decisión del Ministerio, agregó Lorenzo.

Además, el MEM deberá establecer el procedimiento para fijar cada año el porcentaje con base a análisis técnicos, dijo Ancheta, pues el reglamento va alineado con los acuerdos alcanzados en las mesas de trabajo que durante los últimos años sostuvo el MEM y en las que participaron importadores, distribuidores de combustible, distribuidores de vehículos, de motocicletas y transportistas. Los productores fueron invitados como parte de la cadena de suministro, pero esperan que el MEM convoque a las partes involucradas para poder conocer de primera mano la interpretación del reglamento.

Consultada acerca si el sector productor de etanol está preparado para atender la demanda que podría generar la nueva obligación de mezclarlo con gasolina, dijo que ya existe una capacidad instalada importante y de los 65 millones de galones actuales se ha estimado que en los últimos años ha subido hasta los 69 millones dicha capacidad. “Entonces, sí tendrían la posibilidad de atender este mercado, siempre y cuando se vean señales de certeza jurídica y se haya logrado validar con los diferentes sectores y actualizar la normativa que permita regular efectivamente el mercado”, expresó.

Ancheta dijo que en la actualidad exportan a distintos mercados por lo que los productores están preparados tanto para el almacenamiento, como para la disposición del alcohol, en referencia al 1 de enero del 2025, cuando iniciará la obligatoriedad de la mezcla.

Aunque el ministerio deberá establecer el porcentaje de etanol, en las mesas de discusión se platicó que el 10% sí es un porcentaje alcanzable, sea alcohol nacional o importado, dijo la directiva. Agregó que en general en una revisión superficial lo ven positivo, pero lo seguirán analizando ya que también necesitan saber cómo será la aplicación.

“Respetamos el principio de libre contratación en el uso de los biocombustibles en Guatemala y nos prepararemos para competir en igualdad de condiciones en beneficio del país y de los consumidores”, aparte de que una parte del reglamento regula la calidad para la mezcla para proteger e incentivar la libre competencia y la libertad de contratación por ser principios básicos del mercado de hidrocarburos de Guatemala.

Hay desacuerdos

A su vez, el director ejecutivo de la Asociación Guatemalteca de Expendedores de Gasolina (AGEG), Enrique Meléndez, indicó que aún analizan el contenido del reglamento y no tienen una postura sobre el contenido, pero inicialmente señaló que les parece negativo que no se haya respetado la hoja de ruta que se estableció en la mesa de trabajo con el MEM y el Ministerio de Ambiente, pues no fue socializado con ese sector y “creo que con ningún otro”.

La hoja de ruta establecía discutir una nueva legislación, ya que la actual es muy antigua, y fue readecuada con unas inconstitucionalidades que presentó un sector. También se había establecido discutir el reglamento, pero no sucedió, dijo el directivo, por lo que “el sector de expendedores hará una evaluación con una comisión específica que conformó y como no fue socializado en su momento, hay que hacer un análisis a fondo”.

El reglamento fue publicado el 12 de julio, un día después de que se conoció de la renuncia del entonces ministro Alberto Pimentel. El documento divulgado en el Diario de Centro América fue firmado por Pimentel aún en el cargo, y por el presidente de la República, Alejandro Giammattei.

Consultado José Briones, director ejecutivo de la Gremial de Empresas Importadoras de Hidrocarburos (GEIH), también mencionó que aún analizan su contenido, pero inicialmente estima que probablemente el tiempo de implementación puede no ser suficiente porque son varios actores involucrados, tales como las importadoras, el transporte y las estaciones de servicio, que seguramente van a requerir inversiones, hacer estudios y pruebas. “Se necesita implementar muchos procesos como logísticos, operativos, administrativos y especificaciones que hay que cumplir, incluso por el mismo ministerio”.

Por tanto, de forma preliminar considera que pueden necesitar dos años para estar preparados, pero con el reglamento 159-2023 se tiene menos de un año y medio, ya que antes de que entre en vigencia la obligatoriedad de la mezcla de etanol con gasolinas, como importadores deben cumplir otros requisitos.

Respecto a la adquisición del etanol o alcohol carburante, Briones dijo que también se deben analizar si se usa producto nacional o importado y hacer la mezcla en el país o se puede importar ya mezclado, pero para ello también deben evaluar las especificaciones que se establecen para el contenido y considera que por el momento deben terminar de hacer las evaluaciones para determinar qué es lo más conveniente.

Al ser consultado si podría subir o bajar el precio del galón de gasolina con la mezcla de etanol al consumidor final, Briones indicó que eso es parte de todo el proceso de evaluación, pero que serán precios de mercado y habría que determinar el impacto que puede llegar a tener el valor del producto nacional.

El experto del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) en temas de biocombustibles, Agustín Torroba, indica que es positivo el avance de Guatemala con el nuevo reglamento, pues se contemplan dos aspectos muy importantes: fija 6 meses para establecer reglamentos posteriores para detallar cuestiones de calidad, de fiscalización y otras acciones; y es importante que haya un año y medio de preparación para aplicar la mezcla obligatoria en enero del 2025.

“La mínima es del 5% y la idea es llegar a 10% o incluso, un poco más”, agregó. Acerca del impacto económico, indicó que por el desarrollo del sector productor de etanol con caña de azúcar la meta del 5% sí se puede cumplir.

El experto comenta que en la región sería el primer país en tener una obligatoriedad de la mezcla, ya que Costa Rica y Panamá tienen avances, pero aún están en proceso de reglamentar la actividad. El etanol es usado ya en 60 países con diferentes porcentajes de mezcla.