Este es el primer proyecto de alianzas público-privadas, el cual fue adjudicado mediante una licitación pública a la empresa Consorcio Autopistas de Guatemala que se identifica con el nombre comercial de Convía.
El proyecto está la espera de la decisión del pleno del Congreso el cual tiene la facultad de aprobarlo o improbarlo y consiste en la rehabilitación, operación y mantenimiento de un tramo de 40 kilómetros para el tránsito con pago de peaje por parte de los usuarios, además de construcción de obras complementarias.
De no aprobarse, según los representantes de las entidades estatales y de las cámaras empresariales se impactará en forma negativa el comercio ya que por el Puerto Quetzal pasa el 56% del comercio exterior.
Con el proyecto se dinamizaría la economía del lugar, y con el canon establecido en el contrato se aumentarán los recursos para las comunidades aledañas por medio de los Consejos de Desarrollo (Codedes) explicaron.
Además, el Estado se enfrenta a una posible demanda por indemnización que varía según la fase en que se encuentre el proyecto ya que se aplica por medio de un porcentaje sobre la estimación de inversión, según el artículo 59 de la ley de alianzas público privadas (APP), explicó Erick Uribio, director ejecutivo de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (Anadie).
La empresa estima una inversión de Q600 millones, y tendría que aplicársele 2.5 por millar de indemnización por la fase en que se encuentra, que representaría Q1.5 millones.
Al respecto de la necesidad de la Autopista Escuintla a Puerto Quetzal, Fanny D. Estrada de @AGEXPORTGT indica que los diputados deben visualizar lo que onbervan el sector empresarial como impulsar polos de desarrollo en la costa sur y otras áreas del país @Economia_pl pic.twitter.com/AgohwEpgMV
— Rosa María Bolaños (@rbolanos_pl) October 17, 2019
El ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, José Benito, dijo que de no lograrse ese proyecto se atrasaría la rehabilitación de la vía ya que el Estado no posee esos recursos. De lograrse estiman que el Estado recibirá al menos Q1 mil 100 millones en los 25 años de plazo del contrato, por el canon que le debe pagar la empresa en base al peaje que cobre a los usuarios. El representante de Convía, René Muñoz, dijo que la firma tiene estimaciones muy positivas y considera que se pagaría por canon al Estado (y los Codedes de áreas aledañas) Q2 mil 800 millones en el plazo en mención.
Javier Zepeda, director ejecutivo de la Cámara de Industria de Guatemala (CIG) pidió a los diputados que no se dejen llevar en contra del proyecto por intereses, los cuales se evidenciaron durante el proceso electoral por posible temor a perder votos. Además, que ahora les preocupa que ya se hable acerca de que si no se aprueba el proyecto, el tramo se divida en tres y se lance por medio de tres licitaciones diferentes.
Al respecto el ministro aclaró que el Gobierno ha mencionado que de no lograrse la aprobación del Congreso para la autopista por medio de APP, se tendría que hacer con fondos del Estado pero habría necesidad de dividirlo en tres proyectos diferentes.
Pagos y distribución del canon
Según Anadie, las comunidades recibirán parte del canon que debe trasladar la empresa al Estado:
- En los primeros 8 años los Consejos Municipales de Desarrollo (Comudes) de Escuintla, Masagua, Puerto Quetzal e Iztapa recibirán el 80% del canon de 4%.
- A partir del noveno año cuando el canon llegue a 41.13% se repartiría así:
- 40% de este en los cuatro municipios, por medio de los Comudes,
- 40% los Codedes del resto del país y
- 20% se destina al fondo común.
Artículo 59 de la ley de alianzas público-privadas
Derecho de prescindir: El Consejo Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (Conadie) podrá prescindir y desistir del proyecto en cualquier momento por caso fortuito y fuerza mayor que estipulen en las bases de licitación, debidamente comprobados.
- Para tal efecto deberá indemnizar con responsabilidad del Estado al participante privado, de la siguiente manera:
- Entre la adjudicación y la suscripción del contrato, con el dos punto cinco por millar del monto de inversión comprometida;
- Si la decisión de prescindir se adopta después de la suscripción del contrato y antes de la aprobación del mismo por parte del Congreso de la República, con el cinco por millar del monto de inversión comprometida;
- Si el Congreso de la República improbara el contrato, con el cinco por millar (5%0) del monto de inversión comprometida.
Contenido relacionado
> Libramiento de Chimaltenango podría ser habilitado (parcialmente) el 1 de noviembre
>Autopista, presupuesto y cortes: ¿A qué darán prioridad los diputados que despiden la legislatura?
> Embudos agobian a automovilistas en carreteras del país