Economía

Reforma daría amnistía fiscal, pero no para casos en vía penal

Las facilidades de pago a los contribuyentes, que se estipulan en el proyecto de reforma fiscal del Ejecutivo, no incluyen a aquellos que tengan adeudos y cuyos procesos se encuentren en la vía penal.

Julio Héctor Estrada, ministro de Finanzas, confirmó ayer que en la propuesta enviada al Congreso se señala que los contribuyentes puedan regularizar su situación ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

“Yo no le llamaría amnistía fiscal, sino un mecanismo para otorgar facilidades a los tributantes”, justificó el funcionario luego de participar en la reunión de Gabinete General.

Analistas fiscales consultados por Prensa Libre han indicado que es improcedente otorgar amnistía fiscal, sobre todo con los resultados de la recaudación extraordinaria alcanzada por la vía de la intervención ordenadas por diferentes juzgados de alzada.

En el artículo 25 del proyecto de Ley de Recuperación de la Capacidad Fiscal del Estado se concede un plazo de 12 meses a los contribuyentes para que soliciten y rectifiquen ante la SAT sus declaraciones de impuestos, sin importar si han sido auditados o si se encuentran en alguna fase de impugnación por la vía administrativa o de lo contencioso-administrativo.

Además, faculta a la SAT para suscribir convenios de pago hasta por 24 meses, cuando el tiempo máximo hasta ahora ha sido de solo 18 meses.

Al respecto, el ministro de Finanzas aseguró que esa medida está en ley y que lo que se pretende es que los contribuyentes con adeudos puedan alcanzar acuerdos de pago.

El proyecto también ordena al órgano recaudador otorgar las facilidades y mecanismos para llevar a cabo las rectificaciones de impuestos.

Según datos de la SAT, al 31 de julio último han recibido pagos que acumulan Q721.38 millones entre omisos, mora, subdeclaraciones y contribuyentes exentos.

ESCRITO POR: